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REVOCADACorte Suprema · Rol 59184-202411 dic 2024

Vivanco Acuna Claudio con Juzgado de Garantía de Talcahuano

TribunalCorte Suprema
Rol59184-2024
Corte de origenCorte de Apelaciones de Concepción
Fecha sentencia11 dic 2024
RecursoAmparo
SalaSegunda · Penal
ResultadoREVOCADA Revocada sentencia apelada
MinistrosLeopoldo Llanos Sagrista · Raúl Fuentes Mechasqui · María Gajardo Harboe · Álvaro Vidal Olivares · Jorge Pizarro Astudillo

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Corte Suprema revoca sentencia de apelación y acoge amparo, dejando sin efecto nulidad decretada por Juzgado de Garantía porque SII carecía de legitimación activa para impugnar decisiones respecto de personas no querelladas.

Hechos

SII presentó querella nominativa solo contra Eduardo Víctor Gárate Mora por comercio clandestino (mayo 2018). En audiencia de preparación de juicio (28 mayo 2024), se alcanzaron acuerdos reparatorios con Vivanco Acuña e Ilufín Morales, y suspensiones condicionales con otros imputados. Juzgado de Garantía de Talcahuano decretó sobreseimiento definitivo respecto de Vivanco Acuña (15 agosto 2024, firme). Posteriormente, el mismo Juzgado ordenó nulidad de todo lo obrado hasta octubre 2022 (5 noviembre 2024). Corte de Apelaciones de Concepción rechazó amparo (22 noviembre 2024). Vivanco Acuña y otros recurrieron en amparo a Corte Suprema.

Considerandos clave

La Corte Suprema razona que el sobreseimiento definitivo produce cosa juzgada con autoridad de término de procedimiento (art. 251 CPP) y ampara el principio ne bis in idem. El SII presentó querella exclusivamente contra Gárate Mora, por lo que carece de legitimación activa para impugnar decisiones adoptadas respecto de Vivanco Acuña, Ilufín Morales y demás amparados, contra quienes nunca ejerció acción penal. La nulidad decretada por el Juzgado de Garantía infracciona los principios de desasimiento del tribunal y límite litis, sin que concurra causa juzgada aparente. Las suspensiones condicionales aprobadas no pueden revocarse por incumplimiento ni nuevas formalizaciones. Mantener proceso penal abierto pese a causales de término constituye amenaza a libertad personal, haciendo idónea la vía de amparo.

Resolutivo

Se revoca sentencia apelada de 22 noviembre 2024 y se acoge amparo. Se deja sin efecto nulidad del Juzgado de Garantía de 5 noviembre 2024, quedando subsistentes las actuaciones procesales no afectadas. Acuerdos reparatorios y suspensiones condicionales permanecen vigentes.

Texto de la sentencia

Santiago, once de diciembre de dos mil veinticuatro.

Al escrito folio N° 16: téngase presente.

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos segundo a octavo, que se eliminan.

Y se tiene en su lugar y, además, presente:

1°) Que, en la presente causa, el Servicio de Impuestos Internos presentó una querella nominativa en contra Eduardo Víctor Gárate Mora, con fecha 25 de mayo de 2018, por comercio clandestino e ilegal.

2°) Que, en la audiencia de preparación de juicio oral celebrada el 28 de mayo de 2024 se arribó a un acuerdo reparatorio entre Claudia Vivanco Acuña y Luis Antonio Ilufín Morales; asimismo, respecto de los imputados Bárbara Lucia Bravo Escalona, Bárbara Hellen Ilufín Bravo, Solange Filomena Ilufín Morales Y Elena Del Carmen Morales Martínez, se arribó a la suspensión condicional del procedimiento 3°) Que, por otra parte, respecto del acusado Claudio Vivanco Acuña, con fecha 15 de agosto de dos mil veinticuatro se decretó por el tribunal el sobreseimiento definitivo y parcial por cumplimiento del acuerdo, resolución que no fue recurrida y se encuentra firme.

4°) Que, en la especie, estando firme la resolución del Juzgado de Garantía de Talcahuano que aprobó el sobreseimiento definitivo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 251 del Código Procesal Penal, "pone término al procedimiento y tiene la autoridad de cosa juzgada."

Por otra parte, el artículo 1 inciso segundo del Código Procesal Penal señala que "la persona, condenada, absuelta o sobreseída definitivamente por sentencia ejecutoriada, no podrá ser sometida a un nuevo procedimiento penal por el mismo hecho".

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Normas citadas

CODIGO PROCESAL PENAL\tART. 52CODIGO PROCESAL PENAL\tART. 160CODIGO PROCESAL PENAL\tART. 251CODIGO PROCESAL PENAL\tART. 1CODIGO PROCESAL PENAL\tART. 239CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 182CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE CHILE\tART. 21

Descriptores

Falta de legitimación activaServicio de Impuestos Internos (SII)Comercio clandestinoAcuerdo reparatorioAudiencia de preparación de juicio oralSobreseimiento definitivo parcialAfectación de la libertad personalPrincipio non bis in idemCosa juzgada aparenteRecurso de amparo acogidoPrincipio de cosa juzgada

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