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Tribunal · solo Pro
SOC. INMOBILIARIA UNION ESPANOLA VALPARAISO S.A. con SII
Fecha: 11-03-2026 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: marcelo_alejandro_valdovinos_rios
ACOGE
Tribunal acoge reclamo de Sociedad Inmobiliaria Unión Española y restituye exención de impuesto territorial al recinto deportivo desde 01.01.2023, rechazando eliminación del SII basada solo en periodicidad de uso de alumnos.
La reclamante es propietaria de un recinto deportivo (Estadio Español) que mantenía convenio con la Corporación Municipal de Viña del Mar para facilitar uso de instalaciones a estudiantes de colegios municipalizados. En mayo 2023, el SII realizó fiscalización y eliminó la exención por incumplimiento del convenio. Visitado el predio el 01.08.2023, se constató escaso uso (solo 3 visitas en junio 2023). La reclamante argumenta que la baja asistencia se debió a alerta sanitaria vigente hasta 31.08.2023 y problemas de transporte de alumnos. Desde septiembre 2023 las actividades se reanudaron normal
El Tribunal analiza los principios de legalidad y reserva legal en materia tributaria. Destaca que conforme a la Ley Territorial (Ley 17.235), los recintos deportivos de carácter particular mantienen exención mientras conserven convenios para uso gratuito con colegios municipalizados refrendados por la Dirección Provincial de Educación. El Tribunal concluye que la ley no establece como requisito la periodicidad o frecuencia de asistencia de alumnos para mantener la exención, siendo suficiente la existencia del convenio vigente. Enfatiza que exigir un estándar de uso no contemplado en la ley vu
Se acoge el reclamo. Se deja sin efecto la eliminación de la exención. Se aplica la exención del 100% de contribuciones al inmueble a contar del 01.01.2023. No se condena en costas por estimarse que la parte demandada tuvo motivo plausible para litigar.
1
SOCIEDAD INMOBILIARIA UNIÓN ESPAÑOLA VALPARAÍSO S.A.
RUT N° 93.253.000-7
Valparaíso, once de marzo de dos mil veintiséis.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Nino Jaime Guillermo Bozzi
Retamal, RUT 6.077.810-8, Constructor Civil, Perito Judicial/Tasador, en representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA UNIÓN ESPAÑOLA VALPARAÍSO S.A. RUT 93.253.000- 7, ambos domiciliados para estos efectos en calle Alonso de Ercilla N°795, Recreo, Comuna de Viña del Mar , Región de Valparaíso, quien interpuso Reclamo de Avalúo, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Alega en conformidad al artículo 150 del Código Tributario, en contra Resolución EX. SII N°272023234248, de fecha 20.11.2023, mediante la cual, el Servicio de Impuestos Internos rechazó la petición administrativa OT N°4106640 de fecha 15.09.2023.
2. Sostiene que, el mes de mayo del año 2023, el Servicio de Impuestos Internos realizó una fiscalización, y como consecuencia de esta, determinó que, durante el año 2023, no se estaba dando cumplimiento al convenio de la contribuyente con la Corporación Municipal de Viña del Mar, y eliminó la exención al pago de contribuciones del cual se beneficiaba el predio.
3. Indica que, en agosto de 2023, mediante la Resolución EX.SII N°272023200120, el Servicio de Impuestos Internos, rechazó la solicitud de la contribuyente de reponer la exención eliminada.
4. Agrega que, posteriormente, en respuesta a una nueva solicitud, el Servicio de Impuestos Internos, volvió a rechazar su solicitud, mediante la Resolución EX. SII N°272023234248 de fecha 20.11.2023.
5. Señala que, la Sociedad Inmobiliaria Unión Española
Valparaíso S.A. tiene un convenio vigente con la Corporación Municipal de Viña del Mar, para el desarrollo social desde el año 2010, para el uso de las instalaciones deportivas y anexas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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