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Tribunal · solo Pro
Distribuidora Disnor Limitada con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 12-09-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Lucy Gabriela Olivares Vicentelo
RECHAZA No Ha Lugar
Distribuidora Disnor Ltda. reclama contra liquidaciones del SII por concepto de IVA crédito fiscal no acreditado y costos no deducibles en operaciones de distribución de productos Nestlé, argumentando modelo de negocio sin margen comercial.
Distribuidora Disnor Limitada operaba desde 2010 como distribuidora de productos Nestlé no congelados en Iquique y Arica. Su remuneración consistía en un porcentaje de ventas netas, sin margen de comercialización. Recibía mercaderías de Nestlé que representaban costo directo de venta. En 2019, el SII emitió Liquidaciones 242 a 250 por períodos mayo-diciembre 2017, determinando IVA crédito fiscal sin acreditar, diferencias de renta por menor costo, e impugnando gastos de administración y ventas. La reclamante no respondió a Notificación 64 ni a Citación 29.
El tribunal analiza que la reclamación se circunscribe a Conceptos B y C relativos a facturas Nestlé en períodos mayo-julio 2017 (Liquidaciones 242-244). La reclamante alega que el 100% de costo de ventas iguala ingresos por venta según su modelo operativo, por lo que no generó utilidades. Cuestiona IVA crédito fiscal de $133.6 millones en mayo, $128.3 millones en junio y $95.9 millones en julio, sosteniendo diferencias menores. Respecto a Renta Primera Categoría, impugna deducciones rechazadas por falta de acreditación. El SII sostiene que la reclamante no aportó antecedentes solicitados y qu
Rechaza el reclamo interpuesto contra las Liquidaciones 242 a 250, manteniéndolas a firme. Condena a la reclamante al pago de costas del procedimiento.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACA
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
DISTRIBUIDORA
DISNOR LTDA.
RUT N°76.102.728-K
Iquique, doce de septiembre de dos mil veintidós.
VISTOS:
A fs. 1 comparece don MIGUEL ANGEL CASTRO SOTO, abogado, en representación de la sociedad "DISTRIBUIDORA DISNOR LIMITADA", persona jurídica del giro de su denominación, RUT Nº 76.102.728-K, ambos con domicilio en calle San Martin N° 255, Oficina Nº 34, Edificio Empresarial, Iquique, quien reclama en contra de la Liquidaciones Nros. 242 a 250, todas de fecha 26 de noviembre del 2019, en atención a los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: l. ANTECEDENTES DE LA RECLAMACIÓN Y SUS FUNDAMENTOS
Señala que su representada inició operaciones en Iquique en el año 2010, teniendo como giro la distribución de alimentos; más específicamente productos NESTLÉ no congelados.
Su gestión consistía en distribuir en Iquique y Arica los cientos de productos del mandante NESTLÉ, sin poder obtener un margen de contribución en ese proceso. Su remuneración consistía en un porcentaje de la venta neta solamente y con ello pagar los gastos de administración y generales que la gestión provocaba. 1
Conforme lo anterior, todas las mercaderías recibidas desde NESTLE representan de igual manera el costo directo de la venta por no existir
Margen de Comercialización.
Agrega que NESTLE arbitrariamente finiquitó la relación contractual, sacando a DISNOR LTDA. de la región y colocando un nuevo operador.
Lo anterior redundó en una demanda por apropiación de bienes muebles y toda la documentación que a la fecha se mantenía en las instalaciones de Bajo Molle.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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