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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD COMERCIALIZADORA EXP. E IMPOR. YAVEH SPA con SII
Fecha: 30-09-2022 · Materia: Liquidación
RECHAZA+7.000M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente que impugnó liquidaciones de IVA por uso de facturas falsas. Confirma liquidaciones al no acreditar efectividad material de operaciones ni cumplir requisitos del artículo 23 N°5 del DL 825.
Sociedad Comercializadora Yaveh SpA reclamó 14 liquidaciones (722-735) emitidas el 30 de septiembre de 2020 por la Dirección Regional Santiago Centro del SII. Las liquidaciones se basaban en que entre junio 2016 y junio 2017, aproximadamente 60% de los créditos fiscales declarados estaban amparados en facturas falsas de proveedores sin capital suficiente, con domicilios inexistentes y operaciones sin acreditación. La contribuyente solicitaba devoluciones de IVA Exportador por montos superiores a los que correspondían. El SII citó al contribuyente quien no compareció, por lo que emitió las liqu
El tribunal analiza que: (1) el artículo 8 Bis del CT establece un procedimiento especial no aplicable aquí; (2) el artículo 23 N°5 del DL 825 impone al contribuyente probar mediante documentación específica la efectividad de operaciones cuando facturas son cuestionadas, carga que pesa sobre el contribuyente; (3) el DS 348/1975 permite fiscalización especial previa cuando hay investigaciones por delito tributario; (4) consta querella del SII del 2 de abril 2019 por delito tributario; (5) la reclamante no aportó medios de prueba ni documentos exigidos para acreditar efectividad material de oper
Se rechaza la reclamación interpuesta. Se confirman las liquidaciones 722 a 735 del 30 de septiembre de 2020. Se condena en costas al reclamante por haber sido totalmente vencido en juicio y no haber tenido motivo plausible para litigar.
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“SOCIEDAD COMERCIALIZADORA EXP. E IMPOR. YAVEH SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO CENTRO”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
CUANTÍA: UTM 105815,96
Santiago, treinta de septiembre de dos mil veintidós.
Uno. Que a fojas uno comparece RAMÓN PAILLÁN ANCAMIL, abogado, Cédula
Nacional de Identidad N°10.020.763 -K, quien actuando como Mandatario Judicial, respecto del contribuyente “Sociedad Comercializadora, Exportadora e Importadora Yaveh SpA”, Rol Único Tributario N° 76.163.407, entidad del giro “Venta al por Mayor No Especializada”, dentro de plazo legal y de conformidad con lo establecido en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, interpone Reclamo Tributario en Procedimiento General, en contra de las Liquidaciones Nº 722, 723, 724, 725, 726, 727, 728, 729, 730, 731, 732, 733, 734 y 735, que fueron emitidas con fecha 30 de septiembre de 2020 , por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos y notificada por cédula con la misma fecha, según consta en Acta de Notificación de fecha 30 de septiembre.
Que en síntesis la reclamante señala que la actuación del SII vulnera lo señalado en el artículo 8 Bis del Código Tributario, lo que amerita la anulación del acto en virtud del artículo 1 N°8 de la Ley N° 20.322, Ley Orgánica de los Tribunales Tributarios y Aduaneros. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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