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Tribunal · solo Pro
MARDONES VIGUERAS con SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS XIV DRM STGO PONIENTE
Fecha: 21-10-2022 · Materia: Giro
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación tributaria de contribuyente contra ocho giros de IVA emitidos por SII correspondientes a períodos 05-12 de 2015, por insuficiencia probatoria de los errores alegados.
Ismael Osvaldo Mardones Vigueras, comerciante, reclamó contra ocho giros de impuestos emitidos por el SII el 6 de noviembre de 2018 (períodos mayo a diciembre 2015). Alegó que durante fiscalización, el SII desconoció pagos parciales realizados mediante transferencias bancarias argumentando que los montos no coincidían exactamente con facturas, por lo que rechazó los créditos fiscales. El contribuyente sostuvo que en la práctica comercial son comunes los abonos parciales a facturas. El SII giró impuestos adicionales y Tesorería procedió a embargar $2.800.000 de su cuenta corriente.
El Tribunal analizó la prueba bajo los principios de sana crítica (multiplicidad, gravedad, precisión, concordancia y conexión). Concluyó que la reclamante aportó solo documentos (notificaciones y mandato judicial) sin explicar detalladamente el error del SII. Señaló ausencia de multiplicidad (un solo medio de prueba), falta de gravedad (documentos no acreditan el error alegado), imprecisión (no se desprende cuál sería el yerro), falta de concordancia y conexión entre la prueba y las alegaciones. El Tribunal estimó que sin prueba testimonial ni detalle pormenorizado de los hechos, no podía ten
Se rechaza la reclamación interpuesta contra los ocho giros de impuestos emitidos por el SII. Se confirman todos los giros en sus partes. No se condena en costas a la reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar.
MARDONES VIGUERAS con SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS XIV DRM STGO
PONIENTE
Rol · solo Pro
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CUANTIA 571,82 UTM
Santiago, a veintiuno de octubre de dos mil veintidós.
I.- VISTOS. Contenido y Diligencias del Proceso.
Uno.- A fojas 1 -5, con fecha 07 de febrero de 2019, comparece don Cristian Cruzat Valdés, abogado, cédula de identidad Nº 13.898.929-1, con domicilio en Huérfanos 1373, of. 1111, Santiago, en representación de don Ismael Osvaldo Mardones Vigueras, comerciante, cédula de identidad Nº 5.551.218 -3, con domicilio en Camino a Melipilla 11017, comuna de Maipú, Región Metropolitana, interpuso reclamación tributaria en Procedimiento General, en contra los giros de impuestos: 1.-Folio: 6654671296, Periodo 05-2015; 2.- Folio: 6654677856, Periodo 06 -2015; 3.- Folio 6654682666, Periodo 07 -2015; 4.- Folio 6654690796, Periodo 08 -2015; 5.- Folio 6654696546, Periodo 09 -2015; 6.- Folio 6654705366, Periodo 10-2015; 7.- Folio 6654712396, Periodo 11-2015; 8.- Folio 6654717826, Periodo 12-2015, Todos los giros fueron notificados el día 6 de noviembre de 2018 con fecha de pago para el día 30 de noviembre del 2018, y fueron emitidos por el Servicio de Impuestos Internos.
Dos.- A fojas 41-43vta, con fecha 18 de febrero de 2019, comparece don Juan Arredondo Avendaño, Director Regional (S) de la XIV Dirección Regional Metropolitana Poniente del Servicio de Impuestos Internos, domiciliado en calle Romero Nº 3226, Comuna de Santiago, Región Metropolitana quien asumió la representación judicial del Servicio y delegó poder.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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