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Tribunal · solo Pro
SII con MADERAS CERCOR SPA
Fecha: 27-10-2022 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma multa a Maderas Cercor SPA por utilizar facturas electrónicas falsas y aumentar indebidamente crédito fiscal, sancionando con multa equivalente al 200% del monto defraudado.
Maderas Cercor SPA registró y utilizó facturas electrónicas falsas emitidas por Claudio Iván Rojas Parada y Comercial Bucalemu SPA entre junio 2018 y junio 2019. La empresa declaró estos documentos falsos en sus formularios F29 y F22, disminuyendo base imponible del Impuesto de Primera Categoría y aumentando indebidamente su crédito fiscal. Se constató que los proveedores carecían de infraestructura adecuada para sus giros declarados y presentaban anomalías patrimoniales. El perjuicio fiscal ascendió a $7.720.955 en IVA y $9.323.515 en Impuesto a la Renta.
El tribunal rechazó la alegación de nulidad del acta de denuncia, señalando que la competencia para declarar nulidad de actos administrativos se limita a actos impugnables por reclamación tributaria, no siendo aplicable al procedimiento de sanciones. Confirmó que los hechos configuran plenamente las infracciones del artículo 97 N°4 incisos 1° y 2°, con dolo evidenciado por la utilización consciente de facturas falsas. Aplicó atenuantes como ausencia de reincidencia y cooperación del contribuyente. Estimó concurso material de delitos aplicando aumento de un grado a la sanción más grave conforme
Se confirma el Acta de Denuncia N°02 de 31.03.2022 y se impone multa a Maderas Cercor SPA de $22.189.964, equivalente al 200% del monto defraudado actualizado, por infracciones al artículo 97 N°4 incisos 1° y 2° del Código Tributario.
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“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
CENTRO con MADERAS CERCOR SPA”.
RIT: Rol · solo Pro.
RUC: Rol · solo Pro.
Providencia, a veintisiete de octubre de dos mil veintidós.
VISTOS:
A fs. 123 y siguientes Acta de Denuncia N° 02, de 31.03.2022, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, X III DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO
CENTRO, en relación con la contribuyente don Marcelo Esteban Cerpa Rojas , en representación de la sociedad MADERAS CERCOR SPA, RUT Nº 76.446.506-7, con giro en: venta al por mayor de madera en bruto y productos primarios de la elaboración de madera , domiciliada en José Arrieta Nº9870 DP 36 B, Peñalolén , por infracción del artículo 97 N° 4, incisos primero y segundo del Código Tributario.
Rolan en autos, A fs. 1 a 159, certificado de envío y recepción, RES DJU 13.00 N° 36 de fecha 05.04.2022, que remite acta de denuncia N° 02 de fecha 31.03.2022 , identificación del ítem Físico no escaneable, Informe N° 8, emitido por la Sub dirección Jurídica, Departamento de Delitos Tributarios, de fecha 16.08.2021, que informa sobre resultado de recopilación de antecedentes del contribuyente que indica, Notificación N° 3335, de fecha 31.03.2022, Acta de Denuncia N° 02 de la misma fecha, Mandato Judicial de fecha 08.04.2022, certificado de título, escrito de reclamo en contra del Acta Denuncia N° 02, certificación.
A fs. 160 a 161, resolución del tribunal que provee los escritos previamente señalados , tiene por formulados los descargos y confiere traslado al SII.
A fs. 162 a 176, certificado de envío y recepción , escrito de l SII evacuando el traslado conferido y ofrece medios de prueba , escrito de la misma parte mediante el cual asume representación, acompaña documento, solicita aviso por correo electrónico , designa abogado patrocinante, confiere poder y ratifica lo obrado, certificado. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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