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Tribunal · solo Pro
SII con VIELMA BERTHELOT
Fecha: 31-05-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA
Tribunal condena a médico por declaraciones maliciosamente falsas en formularios 22 de años tributarios 2008-2013, aplicando multa equivalente al 100% del monto defraudado actualizado.
Francisco Hernán Vielma Berthelot, médico independiente, presentó declaraciones anuales de renta (formularios 22) para los años tributarios 2008 a 2013 con irregularidades reiteradas: aumentó erróneamente el crédito por impuesto único de segunda categoría, declaró pagos provisionales mensuales superiores a los efectivamente realizados, e imputó deducciones por intereses hipotecarios inexistentes. El SII detectó estas inconsistencias en fiscalización del 8 de julio de 2013, provocando un perjuicio fiscal de $7.404.594 para el año 2013. El contribuyente no presentó descargos ante la denuncia.
El tribunal analizó los cuatro requisitos del artículo 97 N°4 del CT: (1) existencia de declaración presentada (acreditado); (2) falsedad o incompletitud (confirmado por tres categorías de irregularidades documentadas); (3) malicia (establecida por la reiteración en múltiples períodos, montos significativos, intención positiva de disminuir carga tributaria y conocimiento del contribuyente como médico responsable de sus declaraciones); y (4) inducción a liquidación inferior (acreditado con el perjuicio fiscal documentado). Se aplicó sana crítica conforme artículos 132 y 161 N°9 del CT, consider
Se confirma el Acta de Denuncia N°01 del 22.04.16 por infracción al artículo 97 N°4 inciso 1° del CT. Se aplica multa de $8.404.214 (100% del monto defraudado actualizado) a Francisco Hernán Vielma Berthelot. Se gira orden de cobro al SII.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV D. R.M. SANTIAGO ORIENTE CON FRANCISCO HERNÁN VIELMA BERTHELOT”
RIT: Rol · solo Pro.
RUC: Rol · solo Pro.
Providencia, a treinta y uno de mayo de dos mil dieciséis.
VISTOS:
A fs. 7 a 8 vta., Acta de Denuncia N°01, de 22.04.16 , emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA
SANTIAGO ORIENTE, en relación al contribuyente don FRANCISCO HERNÁN
VIELMA BERTHELOT , Rut. N° 5.920.591-9, con giro en: “ Servicios de médicos en forma independiente”, domiciliado en Cinco y Medio N° 1817 4, Comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, por infracción al artículo 97 N°4, inciso primero del Código Tributario.
Rolan en autos, A fs. 1 a 9, antecedentes: A fs. 1, Comprobante de distribución de causa; a fs. 2, Identificación de los documentos agregados a los autos como físicos no escaneables que se encuentran custodiados en el Tribunal bajo el número 58-2016, consistentes en: una carpeta de tapas de color verde caratulada “ Francisco Vielma Berthe lot – 5.920.591-9” que contiene diversa documentación tales como declaración jurada del contribuyente, Solicitud de Giro, hoja S.I.I.C. del mismo, Giro y comprobante de pago de impuestos de diversos períodos y Declaraciones Anuales de Renta Formularios 22 , entre otros; a fs. 3 a 5 vta, Informe N° 194 de 31.08.15; a fs. 6, Notificación N° 92 de 22.04.16, a fs. 7 a 8 vta. , Acta de Denuncia N°01, de 22.04.16; a fs. 9, Reservado N° 92 de 04.05.16.
A fs. 10 a 11 , Resolución del Tribunal que provee el Acta Denuncia ordenando certificar y custodiar y testimonio de su notificación.
A fs. 12, Certificaciones.
A fs. 13 a 14, Autos para fallo y testimonio de su notificación.
A fs. 15 a 16, Escrito de la denunciante: Asume representación, acompaña documento, solicita aviso, se tenga presente y patrocinio y poder.
A fs. 17 a 18, Resolución que lo provee, y su testimonio de notificación.
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CONSIDERANDO:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
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Dos motivos principales:
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