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Tribunal · solo Pro
COMERCIALIZADORA VITO LIMITADA con SII
Fecha: 27-10-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA+1.000M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Comercializadora Vito por extemporaneidad, confirmando liquidaciones de IVA y renta por período 2012-2015 por defectos en notificación de domicilio.
Comercializadora Vito Limitada reclamó contra liquidaciones Nos. 462-501 de marzo 2016 por $865.426.037 correspondientes a IVA, renta primera categoría e impuesto único artículo 21 LIR por períodos diciembre 2012 a octubre 2015. La contribuyente alegó no haber recibido notificaciones en su domicilio registrado (Lo Espejo) pues cambió de domicilio a San Miguel el 30 de junio 2015. Descubrió las liquidaciones el 18 octubre 2016 cuando encontró cartas en sus antiguas bodegas. El SII había emitido requerimiento de antecedentes el 09 septiembre 2015 y citación el 10 diciembre 2015, ambas en domicil
El tribunal acogió la excepción de extemporaneidad. Confirmó que las notificaciones fueron válidas según el domicilio que la contribuyente mantenía informado al SII al momento de ellas (Lo Espejo N°1565, local 816). Estableció que la carga de actualizar domicilio corresponde al contribuyente y que el domicilio registrado en el SII es el válido para notificaciones. Las liquidaciones fueron notificadas el 31 marzo 2016, iniciando plazo de 90 días para reclamar que venció el 18 julio 2016. El reclamo se presentó el 16 noviembre 2016, fuera de plazo. El tribunal estimó que la contribuyente no acre
Se rechaza la nulidad de notificaciones por falta de emplazamiento. Se declara la extemporaneidad del reclamo. Se confirman íntegramente las liquidaciones Nos. 462-501 de 30 marzo 2016. Se exime de costas a la reclamante por motivos plausibles para litigar.
Avm.-
COMERCIALIZADORA VITO LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
RIT N° : Rol · solo Pro
RUC N° : Rol · solo Pro
En Providencia, a veintisiete de octubre de dos mil veintidós.
VISTOS:
El escrito, de 16.11.2016, compareció don Eduardo Aliaga Martínez, abogado, en representación convencional de la sociedad COMERCIALIZADORA VITO LIMITADA, RUT N°76.160.228-4, del giro mayorista de verduras y frutas, ambos domiciliados en calle Ramón Subercaseaux N°1268, oficina 110 4, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, deduciendo reclamo tributario en Procedimiento General de Reclamaciones en contra de las Liquidaciones N os462 a 501, de 30.03.2016 , emitidas por concepto de Impuesto a las Ventas y Servicios, Impuesto a la Renta de Primera Categoría, Impuesto Único del Artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta y Reintegro, por los períodos diciembre de 2012 a octubre de 2015 y Años Tributarios 2013, 2014 y 2015 , respectivamente, por el monto de $865.426.037.-, emanada de la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, representado en autos por su Director Regional (S), don Jorge Hidalgo Cárcamo, ambos domiciliados en calle Ramón Subercaseaux N°1273, comuna de San Miguel, Región Metropolitana.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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