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Tribunal · solo Pro
HUAIQUIL VALLEJOS con SII
Fecha: 28-10-2022 · Materia: Giro · Juez: Álvaro Ernesto Gómez Fuentes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra giro por diferencia de impuestos a la renta, confirmando que la rectificación fue voluntaria del contribuyente a través de su mandataria válidamente facultada.
Erika Huaiquil Vallejos reclama contra giro N° 51866255 de 23.09.2016 por diferencia de impuestos de $36.055.721 del año tributario 2015. El SII citó a la contribuyente para aclarar observaciones en su declaración de renta. Su mandataria, contadora Joyce Valdés Cadena, concurrió el 23 de septiembre de 2016 con documentación solicitada y procedió a rectificar la declaración de renta, rebajando crédito fiscal por activo fijo (camionetas) cuya adquisición no fue debidamente acreditada. La reclamante alega que la rectificación fue impuesta por el SII y no voluntaria, carece de fundamentos y viola
El tribunal constata que la rectificación fue efectuada por expresa petición de la mandataria válidamente facultada mediante poder notarial de 26.08.2016, quien firmó la declaración rectificatoria en señal de aceptación y conformidad. Aplicando la teoría de los actos propios, la contribuyente no puede desconocer los actos de su mandataria. El acto reclamado tiene fundamento en la voluntad del contribuyente al rectificar. La prueba rendida por la reclamante no acredita los vicios alegados ni demuestra que la rectificación fuera forzada. El mandatario actuó dentro de sus facultades representativ
Tribunal rechaza el reclamo en todas sus partes y confirma el giro N° 51866255 de 23.09.2016. Condena en costas a la parte vencida por falta de motivos plausibles para litigar.
“HUAIQUIL VALLEJOS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
SGP.
Providencia, a veintiocho de octubre de dos mil veintidós.
VISTOS:
El escrito de fecha 10.11.2016, rolante de fs. 3 a 10, mediante el cual doña Erika Orriette Huaiquil Vallelos , RUT N° 11.975.462-3, domiciliada para estos efectos en calle Ignacio Carrera Pinto N° 0640, comuna de la Pintana, Región Metropolitana, deduce Reclamo en contra del Giro N° 51866255 de fecha 23.09.2016, emitido por el Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.), XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur, RUT N°60.803.408-0, representado legalmente por don Miguel Ángel Iluffi Cuevas, Director Regional de la XVI D.R.M. Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos ( S.I.I.), según Resolución TRA N° 246/1750/2015, de fecha 31.10.2015, ambos domiciliados en calle Ramón Subercaseaux N°1273, Comuna de San Miguel, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1 comprobante de distribución de causa.
A fs. 2, documento acompañado por la reclamante (Giro N° 51866255 de fecha 23.09.2016).
A fs. 3 a 10, escrito de reclamo.
A fs. 11 a 12 , resolución que provee el escrito de reclamo, da traslado y su correspondiente testimonio de notificación.
A fs. 13 a 14, copia de oficio N°235-2016 y certificado de envío.
A fs. 15 a 16, escrito de la reclamada, asume representación, acompaña documento, solicita aviso y patrocinio y poder.
A fs. 17 a 18, resolución que provee el escrito anterior y su correspondiente testimonio de notificación.
A fs. 19 a 24, escrito de la reclamada evacuando el traslado.
A fs. 25 a 26, resolución del Tribunal que provee el escrito anterior y su correspondiente testimonio de notificación.
A fs. 27 a 41, escrito de la reclamante, formula objeciones , reposición y acompaña documentos.
A fs. 42 a 44 , resolución que provee el escrito anterior y su correspondiente testimonio de notificación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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