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Tribunal · solo Pro
ASESORIAS Y CONSULTORIAS CEF SA con SII
Fecha: 31-08-2018 · Materia: Giro · Juez: dora_bastia_santander
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra giros tributarios por devoluciones indebidas. El tribunal confirma que los giros fueron emitidos dentro del plazo extraordinario de prescripción de 6 años, aplicable por tratarse de declaraciones rectificatorias maliciosamente falsas.
CEF S.A. presentó declaraciones de renta para AT 2008 y 2009, solicitando devoluciones que fueron devueltas. Posteriormente rectificó ambas declaraciones por internet en septiembre de 2009, solicitando mayores devoluciones que fueron otorgadas en octubre de 2009. El SII posteriormente determinó que tales devoluciones fueron indebidas, interpuso querella criminal por fraude tributario, y el 23.01.2015 notificó giros folios 377633 y 377695 para recuperar las sumas devueltas. La sociedad reclama alegando prescripción de los giros.
El tribunal estima que las declaraciones rectificatorias son válidas y de responsabilidad de la reclamante, pues se ejecutaron con RUT y clave personal disponibles. Determina que las declaraciones fueron maliciosamente falsas al incluir costos sin respaldo documentario para generar pérdidas aparentes, requisito necesario para aplicar la prescripción extraordinaria de 6 años conforme artículo 200 del Código Tributario. El plazo se computa desde septiembre de 2009 (presentación de rectificatorias), por lo que los giros notificados el 23.01.2015 están dentro del término legal. El artículo 24 del
Se rechaza el reclamo en todas sus partes. Se confirman los giros folios 377633 y 377695 de fecha 23.01.2015. No se condena en costas a la parte vencida por considerar el tribunal motivos plausibles para litigar.
“ASESORIAS Y CONSULTORIAS CEF con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
STGO ORIENTE”
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
Providencia, a treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho.
VISTOS:
El escrito de fecha 15.05.2015 rolante de fs.72 a 78, mediante el cual don Cristián Manásevich López, en representación de la sociedad ASESORIAS Y CONSULTORIAS CEF S .A., RUT N°99.594.580-0, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Tobalaba 145, comuna de Providencia, Región Metropolitana, deduce Reclamo en contra de los Giros Folios N°s. 377633 y 377695, ambos de fecha 23.01.2015, emitidos por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DI RECCIÓN RE GIONAL METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE, RUT N°60.803.315-7, representada legalmente por don Claudio Cambiado Araya, RUT N° [RUT reservado], Director de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (SII), según Resolución SII PERS. N°704, de fecha 14.12.2012, ambos domiciliados en calle General del Canto N° 281, Comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs.1, comprobante de distribución de causa.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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