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Tribunal · solo Pro
ROJAS QUEZADA con SII
Fecha: 11-11-2022 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos
HA LUGAR EN PARTEAvalúo +4.000M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de avalúo de bien raíz no agrícola rol 2301-326 por error en superficie de construcciones, clasificación de calidad y aplicación de coeficiente corrector.
Gabriela Rocío Rojas Quezada reclama el avalúo fiscal del inmueble rol 2301-326 ubicado en La Ligua, modificado por Resolución EX.SII NºA05.2021.00033818 del 28.09.2021 de $0 a $4.623.639.687. La reclamante alegó determinación errónea de superficie de construcciones (33.349 m²), aplicación errónea de tablas de clasificación (calidad 4), errores en coeficientes correctores y discrepancias en valores de reavalúos. El SII reconoció error de digitación en superficie (33.349 en lugar de 3.349 m²) y aceptó parcialmente el reclamo.
El Tribunal analizó las causales del artículo 149 del Código Tributario. Respecto de la superficie construida, verificó que existió error involuntario de digitación que debía corregirse de 33.349 a 3.349 m². En cuanto a la clasificación de calidad, determinó que las construcciones sin permisos de edificación, carentes de servicios básicos e instalaciones completas, debían clasificarse en calidad N°5 conforme a las Instrucciones Técnicas, no en calidad N°4. Respecto del coeficiente corrector por superficie, concluyó que procedía aplicar 0,8 según normativa vigente. Rechazó la aplicación de coef
Se acoge en parte el reclamo. Se deja sin efecto parcialmente la Resolución EX.SII NºA05.2021.00033818. Se aplica coeficiente corrector de superficie 0,8 al avalúo del terreno. Se modifica superficie de construcciones de 33.349 a 3.349 m². Se cambia clasificación de calidad de construcciones de N°4 a N°5. Se declara sin costas.
1
ROJAS QUEZADA GABRIELA ROCÍO RUT N°17.483.832-1
CUANTÍA 0 (INDETERMINADA)
Valparaíso, once de noviembre de dos mil veintidós
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció doña Marisa Navarrete Novoa, cédula de i dentidad N°10.329.563-7, abogada, en representación de doña Gabriela Rocío Rojas Quezada, cédula de identidad N°17.483.832-1, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Huérfanos 1294, Oficina 31 , comuna de Santiago, Región Metropolitana, quien interpuso Reclamo de Avalúo, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que dirige su acción en contra del avalúo del inmueble rol 2301- 326, ubicado en PC 47- A Hualquén LT 47- A 16 Hualquén de la comuna del La Ligua, determinado por el Servicio de Impuestos I nternos mediante R esolución EX. SII NºA05.2021.00033818.
2. Señala que funda su solicitud, en las causales 1, 2 y 3 del artículo 149 del Código Tributario, esto es , “Determinación errónea de la superficie de los terrenos o construcciones”, la “Aplicación errónea de las tablas de clasificación respecto del bien gravado, o de una parte del mismo así como la superficie de las diferentes calidades de terreno”, y “Errores de transcripción, de copia o de cálculo respetivamente”.
3. Alega que el avalúo del i nmueble de autos, en virtud de la Resolución reclamada, experimentó un alza en el periodo de 1 año de un 160.162%.
4. Señala que con fecha 28 .09.2021, el Servicio de Impuestos
Internos emitió la R esolución EX. SII NºA05.2021.00033818, la que resuelve modificar a partir del 01.01.2021 el avalúo del i nmueble de autos, de $0 a $4 .623.639.687, montos en moneda del segundo semestre de 2021 , e indica que el nuevo monto de giro de impuesto territorial será de $25.440.237 semestral, en moneda del segundo semestre de 2021.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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