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Tribunal · solo Pro
MARDONES SANDOVAL con SII
Fecha: 17-11-2022 · Materia: Liquidación; Resolución
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte Modificatorio
Tribunal acoge parcialmente reclamación contra liquidaciones de IVA y reintegro. Anula rechazo de crédito fiscal en una factura de arriendo de maquinarias, pero confirma rechazos por vehículos y combustible diesel.
Omar Mardones Sandoval, empresario de compraventa de áridos y movimiento de tierras, fue fiscalizado por SII en períodos 2018-2019. SII emitió liquidaciones rechazando crédito fiscal por: (1) siete facturas de arriendo de maquinarias consideradas ideológicamente falsas emitidas por Daloy Limitada, Nueva Farellones Limitada y Gerardo Parada Fuentes; (2) facturas de arrendamiento con opción de compra de vehículo Volkswagen y compra de Renault Captur; (3) crédito especial por impuesto específico a petróleo diésel bajo Ley 18.502. El SII determinó diferencias de IVA y reintegro de devolución indeb
El tribunal analizó tres ejes: (A) Respecto de facturas de arriendo de maquinarias, determinó que SII no acreditó que la factura N°53 de Gerardo Parada Fuentes fuera ideológicamente falsa, por lo que anuló su rechazo. Sin embargo, confirmó el rechazo de las demás facturas objetadas. (B) En cuanto a vehículos, confirmó el rechazo de crédito fiscal por arrendamiento Volkswagen y compra Renault, ya que conforme artículo 23 N°4 DL825, no procede crédito en adquisición o arrendamiento de automóviles cuando no es el giro habitual del contribuyente. Además, el reclamante no acreditó solicitud de auto
Ha lugar en parte a la reclamación. Se deja sin efecto el rechazo del crédito fiscal de la factura N°53 (partida 6, período octubre 2018). Se confirman las demás liquidaciones números 168 a 180. Sin condena en costas.
Temuco, diecisiete de noviembre de dos mil veintidós.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Luis Mencarini Neumann , abogado, cédula de identidad N° 7.948.481-K, domiciliado en calle Antonio Varas N° 989, oficina 1703, comuna de Temuco, en representación de don OMAR PATRICIO MARDONES SANDOVAL, empresario del giro de compraventa de áridos, movimiento de tierras, arriendo de maquinarias y vehículos y obras de ingeniería, cédula de identidad N° 7.948.481-K, domiciliado en calle Baquedano N° 323, comuna de Vilcun, quién deduce reclamo en contra de la Resolución Exenta N° 171, de 26 de mayo de 2021, emitida por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos que declara como no fidedignas las facturas que respaldan el crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del contribuyente emitidas por los presuntos proveedores Daloy L imitada, Nueva Farellones Limitada y Gerardo Parada Fuentes ; y de las Liquidaciones números 168 a 180, emitidas por dicha repartición fiscal el 25 de mayo de 2021, mediante las cuales se determinan diferencias de IVA de los períodos tributarios de enero a marzo de 2018, marzo a diciembre de 2019 ; y de impuesto único del artículo 21 de la Ley de la Renta correspondiente al año tributario 2018 , las que provienen de la impugnación de las facturas utilizadas por el reclamante para respaldar su crédito fiscal del IVA y de la objeción respecto de la utilización del crédito fiscal especial establecido en la Ley N° 18.502, conforme los argumentos y fundamentos que a continuación se resumen: 1.- Antecedentes del contribuyente:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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