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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD AGRICOLA LOS MOLINOS LIMITADA con SII
Fecha: 28-11-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidación que rechazó beneficio del art. 14 ter C) LIR por presentación extemporánea de DJ 1923, por existir contradicción en fechas de vencimiento informadas por el SII.
SII liquidó Impuesto de Primera Categoría AT 2018 por $27.039.324 al rechazar beneficio art. 14 ter C) LIR, argumentando que DJ 1923 fue presentada fuera de plazo (01.05.2018). Contribuyente alegó que presentó DJ dentro del plazo informado por SII en su sitio web (vencimiento 10.05.2018). Resolución SII N°82/2017 establecía plazo hasta 22.03 de cada año. SII en resolución RAV indicó plazo hasta 31.03.2018. Contribuyente cumplía demás requisitos del beneficio.
Tribunal constata contradicción en fechas de vencimiento: Resolución N°82/2017 señala 22.03, resolución RAV indica 31.03.2018, pero sitio web SII mostraba 10.05.2018. SII sostuvo que no hubo prórrogas para AT 2018. Contribuyente presentó DJ el 01.05.2018 confiando en información de página web institucional. Certeza jurídica exige reglas claramente establecidas con antelación para que contribuyente sepa si su conducta se adecua a ellas. Aplicación de principio pro homine. Ante falta de claridad y congruencia en fechas informadas por el Servicio, no puede imputarse incumplimiento al contribuyent
Acoge reclamo. Deja sin efecto liquidación N°180410880. No condena en costas al SII por haber tenido motivo plausible para litigar.
“SOCIEDAD AGRÍCOLA LOS MOLINOS LIMITADA CON SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
CUANTIA: UTM 799,74
Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil veintidós.
VISTOS:
A fojas 1 comparece MARCELA MUSTOZ LANG, abogado en representación de la SOCIEDAD
AGRICOLA LOS MOLINOS LIMITADA, RUT: 79.788.810 -9, representada legalmente por don
JOSE MANUEL HERRANZ AGUILO, C.I.7.015.303 -3, comerciante, todos domiciliados para estos efectos en calle Agustina Nro. 853 of. 1033, comuna de Santiago, quien interpone reclamo en procedimiento general dispuesto en el artículo 123 y ss. del Código Tributario en contra del Servicio de Impuestos Internos, a fin de solicitar se acoja el reclamo interpuesto en contra de la liquidación de impuesto Nro. 180410880 de fecha 20 de Julio de 2021 emitida por la Unidad de Ñuñoa Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro de dicho servicio, por el cual se procedió a calcular el Impuesto de Primera Categoría, año tributario 2018, por un monto neto de $27.039.324.-
Señala que al respecto, con fecha 21 de Julio de 2021 se notificó a la reclamante mediante correo electrónico, la liquidación N° 180410880 antes citada, en la cual el Servicio de Impuestos Internos procedió a liquidar el impuesto de Primera Categoría correspondiente al a ño tributario 2018, rechazando, sin indicar razón alguna, el beneficio que dispone el articulo 14 ter letra C) de la Ley de la Renta, vigente en esa época, no obstante que la contribuyente cumplió en tiempo y forma con todos los requisitos exigidos para acogerse al mismo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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