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Tribunal · solo Pro
Agricola Santa Isabel y Compania Limitada con SII
Fecha: 14-12-2022 · Materia: Resolución · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
RECHAZA Confirmatorio Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Agrícola Santa Isabel contra resolución que rechaza deducción de corrección monetaria de deudas por no acreditarse su exigibilidad, sin perjuicio de conciliación parcial.
Agrícola Santa Isabel y Compañía Limitada reclama contra Resolución Ex. 325/2021 del SII que rechaza la deducción de corrección monetaria de deudas contraídas con Comercial Canelo SA (continuada por Compañía de Inversiones Altamira SA) desde 1991. La deuda fue modificada en 2011 de pesos a UF por monto de 1.024.067,27 UF. El SII cuestiona la exigibilidad de estas deudas que no han sido pagadas por 30 años. Las partes llegan a conciliación parcial durante el procedimiento.
El Tribunal analiza la carga de la prueba bajo artículo 21 CT, concluyendo que ambas partes deben acreditar sus pretensiones. Respecto al destino de fondos, el contribuyente no probó que el dinero recibido fuera destinado al giro de la empresa, existiendo solo antecedentes del SII mostrando que la reclamante obtuvo otros créditos con terceros. Respecto a la exigibilidad, el Tribunal rechaza el argumento formalista basado en derecho civil (contrato de mutuo real), señalando que en juicio tributario importa el cumplimiento de requisitos tributarios. La antigüedad de las deudas (1991-2008) y la f
Rechaza en su totalidad el reclamo contra Resolución Ex. 325/2021, sin condena en costas por motivos plausibles para litigar, sin perjuicio de la conciliación parcial ya realizada.
Valdivia, catorce de diciembre de dos mil veintidós
VISTOS:
A fojas 1, comparece Alexander Letonja Cepeda, abogado, RUT N° 13.828.918-4, en representación de Agrícola Santa Isabel y Compañía Limitada, RUT 94.818.000-6. Interpone reclamo en contra de la Resolución Ex. N° 325/2021 de 17.08.2021, de la XVII Dirección Regional Valdivia del Servicio de Impuestos Internos (Servicio).
El reclamo, luego de describir los hechos que originan la controversia, argumenta que la resolución reclamada debe ser dejada sin efecto por los argumentos que expone y que se analizarán en la parte considerativa de esta sentencia. Solicita tener por interpuesto el reclamo y dejar sin efecto la resolución , dejando a firme las declaraciones de renta de los Años Tributarios (AT) 2018 y 2019. Además, acompaña documentos, solicita aviso a l correo electrónico, que se tenga presente su patrocinio y poder, su personería, que confiere poder, pide que se cite a conciliación una vez contestado el reclamo y señala domicilio que indica. A fojas 166, se tiene por interpuesto el reclamo , confiriendo traslado al Servicio. Además, se tienen por acompañados en forma parcial los documentos , y se ordena su custodia. Se accede a la solicitud de aviso al correo electrónico. Además, se tiene presente y por acompañado mandato judicial, se tiene presente patrocinio y poder, y se tiene presente personería y delegación de poder conferido. No se accede a la solicitud de citar a conciliación, y se tiene presente domicilio designado. Finalmente, se apercibe para que se designe domicilio dentro del radio urbano de una localidad de la Región de Los Ríos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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