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Tribunal · solo Pro
GUTIERREZ MARTINEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 26-03-2013 · Materia: Liquidación
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Rechazo de reclamo contra liquidaciones de impuesto a la renta 2009-2011. El tribunal confirmó las liquidaciones del SII por falta de acreditación de costos y gastos declarados.
Mauricio Gastón Gutiérrez Martínez reclama contra liquidaciones N° 107-110 del SII de agosto 2012, por diferencias en impuesto a la renta años 2009-2011 por $315.023.940. El SII realizó auditoría por incongruencias contables. El contribuyente entregó documentación parcialmente en respuesta a citación. Controvertía rechazos de costos directos 2009 ($454.352.802 solicitado vs $286.320.672 reconocido) y otros gastos 2011. Se allanó a liquidación 2010.
El tribunal aplicó el sistema de autodeclaración tributaria y el principio de que corresponde al contribuyente probar con documentos la verdad de sus declaraciones (art. 21 CT). Consideró que los costos declarados en $0 en formulario 22 y luego reclamados no constituyen partidas liquidadas, sino reconocimientos oficiosos. Para deducir gastos se requiere acreditación fehaciente (art. 31 LIR). El contribuyente no aportó facturas de proveedores respaldatorias, solo libros de compras. El SII sí consideró los antecedentes aportados y reconoció costos y gastos no declarados. Sin embargo, el contribu
Se rechaza el reclamo y se confirman las liquidaciones N° 107-110 de agosto 2012 por $315.023.940. Sin condena en costas por motivo plausible para litigar.
Copiapó, veintiséis de marzo de dos mil trece.
VISTOS:
Que a fojas 37, comparece don MAURICIO GASTON GUTIERREZ
MARTINEZ, R.U.T.: 8.970.401-4, domiciliado en Copayapu N°6291, comuna de Copiapó, deduciendo Reclamo en Procedimiento General de Reclamaciones conforme a las normas del Libro III, Título II, artículos 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de la s Liquidaciones N° 107 a 110 de fecha 30 de agosto de 2012, emitidas por don Claudio Rodríguez González, Director Regional de la III Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos , ascendentes a la suma total de $315.023.940. -, correspondiendo las N°107, 109 y 110 al Impuesto a la Renta de Primera Categoría de los años tributarios 2009, 2010 y 2011 respectivamente y la N° 108 a reintegro según dispone el artículo 97 del D.L. 824 correspondiente al año tributario 2009.
En lo principal de su presentación de fojas 37, la reclamante señala que fue notificado de las liquidaciones números 107 a 110, correspondiente s a diferencias de impuestos de los años tributarios 2009, 2010 y 2011 , fundamentándolas el Servicio de Impuestos Internos en que la actora habría dado cumplimiento parcial a los requerimientos efectuados mediante Citación N° 12 de fecha 30 de abril de 2012, habiéndose practicado las liquidaciones impugnadas, a su entender, con omisión de algunos antecedentes que permit ían establecer la improcedencia de las mismas .
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
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