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Tribunal · solo Pro
SII con TRANSPORTES SOTO Y MENDEZ COMPANIA LIMITADA
Fecha: 15-02-2023 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal condena a transportista por usar maliciosamente 20 facturas falsas para aumentar crédito fiscal IVA, imponiendo multa del 100% del monto defraudado ($11.158.840).
Transportes Soto y Méndez Ltda., empresa de transporte de carga constituida en 1998, incorporó entre octubre 2017 y noviembre 2019 veinte facturas electrónicas falsas emitidas por diez empresas ficticias constituidas por terceros, especialmente por Cristian Santoro Domínguez. Estas facturas, por servicios de transporte inexistentes, permitieron recargar crédito fiscal IVA por $11.158.840. El representante legal reconoció haber pagado directamente a Santoro en efectivo sin contrato, y que este justificaba las múltiples razones sociales como empresas familiares.
El tribunal estableció que corresponde al Servicio de Impuestos Internos acreditar la infracción con estándar de convicción menor al penal, pero suficiente. Se confirmó que las facturas son falsas pues: ocho de diez empresas emisoras operaban desde domicilio habitacional impropio para sus giros; tenían capital inicial menor a $1.500.000 sin respaldo patrimonial; no presentaron declaraciones de impuesto a la renta ni comprobantes de compras; las direcciones IP de emisión se repetían. La denunciada, con experiencia empresarial desde 1998, tenía pleno conocimiento de obligaciones tributarias. No
Se confirma el Acta de Denuncia por infracciones al artículo 97 N°4 inciso 2° del CT. Se aplica multa equivalente al 100% del valor defraudado ($11.158.840), considerando una agravante (conocimiento de obligaciones) y una atenuante (sin sanciones previas). La multa se gira por SII solo cuando la sentencia esté ejecutoriada.
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TRANSPORTES SOTO Y MÉNDEZ COMPAÑÍA LTDA.
RUT N° 77.149.350-5
Valparaíso, quince de febrero de dos mil veintitrés.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes don Sergio Amador Flores Gutiérrez , Director Regional del Servicio de I mpuestos Internos , en representación de la V DIRECCIÓN REGIONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , ambos domiciliados en Melgarejo N° 669, segundo piso, ciudad de Valparaíso, V Región, remitió Acta de Denuncia Nº 2, de fecha 23.09.2022 y antecedentes que indica, mediante la que se imputa al contribuyente TRANSPORTES SOTO Y MÉNDEZ COMPAÑÍA LTDA. RUT N° 77.149.350-5, representada por don Héctor Daniel Méndez Acosta, RUT 6.667.561-0 y don Julio Alexis Méndez Acosta, RUT 6.516.812-K, con giro o actividad en extracción de piedra, arena y arcilla, terminación y acabado de edificios, venta al por menor de artículos de ferretería y materiales de construcción, y transporte de carga por carretera, todos con domicilio en Los Avellanos N°956, Troncos Viejos, Villa Alemana, V Región, haber incurrido en la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N° 4°, inciso 2°, del Código Tributario, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que como resultado de un proceso de Recopilación de Antecedentes plasmado en el Informe N° 52 de fecha 18.03.2022 , se estableció que un tercero, Cristián Santoro Domínguez, RUT N°12.866.305-3, había constituido y /o representado o utilizado, catorce (14) sociedades, constituidas por familiares o terceros, con el fin de facilitar crédito fiscal IV A amparado en facturas falsas, correspondientes a operaciones inexistentes.
2. Señala que, entre los meses de octubre de 2017 y septiembre de 2019, la denunciada registró y declaró 20 facturas electrónicas falsas emitidas por diez empresas emisoras, recargando un crédito fiscal ficticio por un monto de $11.158.840.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
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