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Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOSA PROESSA LIMITADA
Fecha: 04-04-2013 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
HA LUGAR EN PARTE Confirmatorio No Ha Lugar
Rechazase reclamación contra acta de denuncia por uso malicioso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal de IVA. Confirma infracción art. 97 N°4 inciso 2° CT y aplica multa por 140% de lo defraudado.
Sociedad Constructora Proessa Ltda. registró 19 facturas materialmente falsas de proveedores Daniel Ramírez Méndez, Guido Germán Siegmund González y Salvador Guillermo Antonio Max Caballero Inostroza en períodos octubre-diciembre 2008 y enero 2009. Las incorporó en su contabilidad para aumentar crédito fiscal de IVA. Sus representantes (ingenieros) argumentaron que los jefes de obra entregaban facturas sin verificación previa, desconociendo su falsedad hasta auditoria del SII. Perjuicio fiscal ascendía a $14.238.763 al 31.08.2011.
El tribunal acreditó que las facturas eran materialmente falsas y que la contribuyente las incorporó en formularios 29 de declaración de impuestos. Aunque sus representantes alegaron desconocimiento y buena fe, el tribunal concluyó que sabía o no podía menos que saber que su actuar aumentaba indebidamente los créditos fiscales, sin adoptar resguardos necesarios. Esto configura conducta maliciosa. Aplicó art. 97 N°4 inciso 2° CT (más específico que inciso 1°) por tratarse de contribuyente del IVA. Desestimó argumentos sobre presunción de dolo civil: el dolo debe probarse pero los hechos acredit
Rechaza reclamación. Confirma Acta de Denuncia N°12 sólo por infracción art. 97 N°4 inciso 2° CT. Impone multa de $20.731.640 (140% de lo defraudado). No condena en costas por motivo plausible para litigar.
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“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOSA PROESSA LTDA.”
Rol · solo Pro
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Talca, a cuatro de abril de dos mil trece.
VISTOS:
A fojas 33 y siguientes , comparece don RONALD EDGARDO GUAJARDO
LÓPEZ, RUT N° 1 5.134.046-6, abogado, en representación de la contribuyente denunciada SOCIEDAD CONSTRUCTORA PROESSA LTDA., RUT N° 76.655.210 -2, con giro en "Construcción Obras de Ingeniería", domiciliada en 15 Oriente N° 62, El Tabaco, Talca, quien interpone reclamación en contra del Acta de Denuncia N° 12, emitida y notificada con fecha 27.10.2011, solicitando que se acoja a tramitación y, en definitiva, se ordene dejar sin efecto dicha acta de denuncia, condenando en costa a la reclamada, en virtud de los siguientes fundamentos:
1. Respecto de los proveedores Daniel Ramírez Méndez, Guido Germán
Siegmund González y Salvador Guillermo Antonio Max Caballero Inostroza, se remite a lo expresado ante este Tribunal en la reclamación en contra de las Liquidaciones N° 198 al 243, de fecha 17.06.2011, que dice relación con el rechazo de crédito fiscal respaldado con facturas consideradas falsas y por las cuales se genera el Acta de Denuncia N° 12, citando lo siguiente:
"Que en la fecha en que se imputan de falsedad las f acturas indicadas en la Liquidación, mi representada estaba recién comenzando en el negocio, no contaba con cuenta corriente o cupos en las empresas distribuidoras de materiales de construcción.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
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