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Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 31-05-2012 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Contribuyente condenado por usar 10 facturas falsas con cuño 148 falsificado para aumentar créditos fiscales de IVA. Se confirma infracción art. 97 N°4 inciso 2° CT con multa de $5.657.617.
Carlos Navarro Díaz, comerciante, registró en su contabilidad 10 facturas falsas entre octubre 2008 y febrero 2010 de tres proveedores ficticios, todas timbradas con cuño N° 148 falsificado que había sido retirado de circulación el 10.10.2008. Las facturas carecían de correlatividad y registraban operaciones nunca realizadas. Navarro presentó declaraciones de impuestos incluidas estas facturas para aumentar sus créditos fiscales de IVA. Posteriormente rectificó voluntariamente sus declaraciones pero no pagó los giros resultantes.
El tribunal acredita que las facturas son materialmente falsas por el cuño irregular N° 148, fuera de vigencia. Navarro reconoce por 'viveza' contabilizar facturas sin operaciones reales para 'ahorrarse pesos'. Se determina que presentó declaraciones maliciosamente falsas que indujeron liquidación inferior de impuesto y realizó maniobras para aumentar indebidamente créditos fiscales. Aunque podría tipificar art. 97 N°4 inciso 1°, por especialidad se aplica inciso 2° (IVA). Se reconocen atenuantes: falta de reincidencia, cooperación en fiscalización y cooperación espontánea. Se rechaza atenuant
Se rechaza pretensión principal de absolución. Se acoge parcialmente pretensión subsidiaria aplicando atenuantes de arts. 107 N°1, 2 y 6 CT. Se confirma acta de denuncia por infracción art. 97 N°4 inciso 2° CT. Se condena a multa de $5.657.617 (140% de impuestos defraudados: $4.041.155). Sin costas por no existir vencimiento total.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, CARLOS CLAUDINO”
Rol · solo Pro
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Talca, a treinta y uno de mayo de dos mil doce.
VISTOS:
A fojas 81 y siguientes, comparece don CARLOS CLAUDINO NAVARRO DÍAZ, RUT N° 10.078.668-0, comerciante, domiciliado en Avda. Balmaceda N° 650, Aguas Negras, comuna de Curicó, quien formula descargos conforme al Procedimiento General para la Aplicación de Sanciones contemplado en el artículo 161 del Código Tributario, en contra del Acta de Denuncia N° 4, de fecha 24.05.2011, emitida y notificada en la misma fecha por la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos, a través de la cual se le imputa haber incurrido en las infracciones contempladas en los incisos primero y segundo del artículo 97 N° 4 del Código Tributario.
Fundamentando sus descargos expone, como antecedente de hecho, que el Acta de Denuncia N° 4 surge de un proceso de recopilación de antecedentes iniciado en la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos dando cumplimiento al “Programa Regional 148”, mediante el cual se detectó que en los períodos de octubre a diciembre de 2008; enero, febrero, octubre, noviembre y diciembre de 2009; y enero y febrero de 2010, habría registrado en su contabilidad un total de 10 facturas falsas que consignan un cuño con el N° 148, el cual no corresponde al utilizado por el Servicio de Impuestos Internos y, además, darían cuenta de operaciones que nunca fueron realizadas. Todas estas acciones configurarían los ilícitos contemplados en el artículo 97 N° 4 inciso primero y segundo del Código Tributario. Agrega que el Servicio de Impuestos Internos le atribuye una actitud dolosa en su actuar por tratarse de un contribuyente afecto al Impuesto al Valor Agregado y por haber contabilizado estas facturas que tenían impreso una imitación burda del timbre utilizado por el órgano fiscalizador.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
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