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Tribunal · solo Pro
IMPRENTA LIBRERIA PUBLICIDAD Y TRANSPORTES RODRIGO con SII
Fecha: 10-03-2023 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA Confirmatorio Confirmatorio Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación por costos en facturas falsas. Confirma rechazo de gastos por $88.594.932 por falta de acreditación de operaciones reales y proveedores sin infraestructura.
Imprenta Librería Publicidad y Transportes Rodrigo Chahuán Salazar EIRL declaró en su F22 del año tributario 2020 costos sustentados en facturas electrónicas emitidas por Servicios JRB SpA y Construcciones, Maquinarias e Insumos CAFAR SpA por $88.594.932. El SII, mediante citación, requirió acreditar estos costos. Tras fiscalización, determinó que las facturas eran ideológicamente falsas: 28 facturas emitidas casi íntegramente los últimos días de cada mes, proveedores sin infraestructura ni vehículos, contacto solo por intermediario Juan Paredes, sin acreditación de pago real a los proveedores
El tribunal confirma que los actos administrativos deben estar fundados conforme a ley 19.880, pero ello no releva al contribuyente de probar la verdad de sus declaraciones según artículo 21 Código Tributario. La presunción de legalidad se suspende al impugnarse el acto. Se verifica que la liquidación contiene fundamentos específicos en apartado III sobre la falsedad ideológica de las facturas. No se acreditó que los proveedores tuvieran capacidad económica real, infraestructura ni trabajadores. Los cheques y transferencias acompañados van a otros contribuyentes. La falta de firma del Director
Se rechaza el reclamo. Se confirma la liquidación número 6 de 26 de abril de 2022. Se mantiene la tributación de $88.594.932 como ingreso único del artículo 21 LIR con tasa del 40%, más intereses y multas correspondientes por no acreditación de gastos en documentos ideológicamente falsos.
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RESUMEN:
PARTES: IMPRENTA LIBRERIA PUBLICIDAD Y TRANSPORTES RODRIGO CHAHUAN
SALAZAR EIRL. CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Reclamo de Liquidaciones
PROCEDIMIENTO: General de Reclamación
CUANTIA BRUTA: 970,35 UTM
La Serena, diez de marzo de dos mil veintitrés.
VISTOS:
Que, a fojas 154 y siguientes, con fecha 13 de agosto del año 2022, comparecen don César Rodrigo Toledo Concha, abogado, cédula de identidad número 14.379.790-2, y don Héctor Flavio Galleguillos Carmona, abogado, cédula de identidad número 10.605.741-9, en representación convencional de Imprenta Librería Publicidad y Transportes Rodrigo Eduardo Chahuán Salazar E.I.R.L., RUT 76.423.974-1, todos domiciliados para estos efectos en calle Julio Echeverría 331-B, comuna de Salamanca, expresando que vienen en reclamar en contra de la Liquidación N° 6, de fecha 26 de abril de 2022, suscrita por don David Castillo Galleguillos, Fiscalizador Tributario, y por doña Marcela Cortés Bustamante, Jefe (S) Unidad de Illapel, de la Dirección Regional de La Serena del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), de acuerdo con los argumentos de hecho y derecho que pasa a exponer:
Señala que lo anterior, dice relación con la declaración anual de Impuesto sobre la Renta Formulario 22, de su representada, Folio 348659670 correspondiente al año tributario 2020, cuya fecha de presentación fue el 30-04-2020. ANTECEDENTES
Indica que Imprenta Librería Publicidad y Transportes Rodrigo Eduardo
Chahuán Salazar E.I.R.L. es una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada constituida mediante escritura pública de fecha 19 de febrero de 2015. Relata que por medio de su declaración anual de renta correspondiente al AT 2020, formulario 22, de fecha 30 de 1 2 abril de 2020, su representada efectuó determinación del Impuesto de Primera Categoría aplicable en la especie y a esa fecha.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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