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Tribunal · solo Pro
SII con TAPIA ARAYA
Fecha: 21-03-2023 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal Tributario condena a contribuyente por usar maliciosamente 15 facturas electrónicas falsas para aumentar crédito fiscal de IVA, imponiendo multa equivalente al 100% de lo defraudado ($13.816.804).
Miguel Eugenio Tapia Araya, transportista, entre octubre 2017 y diciembre 2018 incorporó en su contabilidad 15 facturas electrónicas falsas emitidas por 7 empresas, operaciones inexistentes que registró en sus declaraciones mensuales F.29 para aumentar maliciosamente sus créditos fiscales de IVA. Las empresas emisoras carecían de activos y no presentaban declaraciones de impuestos. El contribuyente reconoció los proveedores en declaración jurada, indicó que Santoro "traía las facturas" y pagaba en efectivo, sin contratos ni comprobantes de operaciones reales.
El tribunal constató que la carga probatoria corresponde al SII para acreditar la infracción, aplicándose una presunción de inocencia atenuada. Del examen de antecedentes (informe N°52 y cuaderno digital), se acreditó que el denunciado ejecutó directa e inmediatamente, como autor, conductas maliciosas tipificadas en el art. 97 N°4 inciso 2° CT. Respecto a circunstancias, se configuró agravante por conocimiento debido de obligaciones tributarias (data de inicio 2012) y atenuante por falta de sanciones previas semejantes. El perjuicio fiscal asciende a $13.816.804. Conforme art. 107 CT, concurri
Tribunal acoge el reclamo y confirma Acta de Denuncia N°1 de 23.09.2022. Condena al denunciado a multa equivalente al 100% del valor defraudado ($13.816.804) por infracción art. 97 N°4 inciso 2° CT. Multa se girará por SII cuando sentencia esté ejecutoriada.
1
MIGUEL EUGENIO TAPIA ARAYA
RUT N° 11.735.313-3
Valparaíso, veintiuno de marzo de dos mil veintitrés.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes comparece don Sergio Flores Gutiérrez , Director Regional del Servicio de Impuestos Internos, en r epresentación de la V DIRECCIÓN REGIONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , ambos domiciliados en Melgarejo N° 669, segundo piso, ciudad de Valparaíso, V Región, quien remitió Acta de Denuncia Nº 1, de 23 de septiembre de 2022 y antecedentes que indica, mediante la que s e imputa al contribuyente MIGUEL EUGENIO TAPIA ARAYA, RUT N°11.735.313-3, con giro o actividad en transporte de carga por carretera , con domicilio en B. Arana Mz Flt 20, Quilpué, Valparaíso, V Región, haber incurrido en la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N° 4°, inciso 2°, del Código Tributario, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que como resultado de un proceso de Recopilación de Antecedentes efectuado al contribuyente Cristián Santoro Domínguez, RUT N°12.866.305-3, quién había constituido y/o representado, o bien, utilizado una serie de sociedades –constituidas por familiares o terceros -, con el objeto de facilitar crédito fiscal de IVA amparado en facturas falsas que daban cuenta de operaciones inexistentes.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
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