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Tribunal · solo Pro
ALLAMAND GRADO con SII
Fecha: 29-03-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamación de nulidad de liquidación tributaria por vicio en la notificación durante pandemia COVID-19, cuando la carta certificada fue entregada a persona no encargada de recibir correspondencia.
Contribuyente Juan Pablo Allamand Grado, médico jubilado de 84 años, recibió Liquidación N° 170407180 del SII por diferencia de Impuesto Global Complementario en AT 2017. La liquidación fue notificada mediante carta certificada el 12 de agosto de 2020, en plena cuarentena por COVID-19, entregada a Enzo Abarca Maúlen en Teatinos 220, Depto. 93. El reclamante solo tuvo conocimiento el 8 de septiembre al encontrar resolución bajo la puerta de su oficina. Solicitó Reposición Administrativa Voluntaria el 24 de septiembre, rechazada por extemporánea. Interpuso Recurso Jerárquico y recurso de inaplic
El Tribunal concluyó que la notificación fue viciada. Aunque cumplió formalmente artículo 11 CT, la entrega a persona no encargada de recibir correspondencia en contexto de cuarentena vulneró el debido proceso y garantías del artículo 19 N° 3 CPR. La Administración debe notificar con escrupulosidad y acreditar regularidad. La entrega defectuosa impidió que el acto cumpliera su finalidad primordial: poner en conocimiento al interesado. Existe perjuicio innegable: RAV fue rechazada por extemporánea y se decretó embargo de cuentas. La notificación transgredió Ley 21.226 sobre procedimientos duran
Se acoge nulidad de Liquidación N° 170407180 del 17 de julio 2020. Se deja sin efecto en todas sus partes. Se omite pronunciamiento sobre alegaciones de fondo por subsidiarias. No se condena en costas por motivos plausibles para litigar.
1
“ALLAMAND GRADO con SII, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO
CENTRO”.
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
CUANTIA: 262,52 UTM
Cuantía Neta UTM 152,51
Multa UTM 0
Reajuste UTM 13,12
Intereses UTM 96,89
Cuantía Bruta UTM 262,52
Santiago, veintinueve de marzo de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 01 comparece MAURICIO TOBAR ARRIAGADA, RUT 17.500.581-1, en representación del contribuyente JUAN PABLO ALLAMAND GRADO , RUT 3.871.489 -9, empresario individual, categorizado como micro empresa, cuyo giro corresponde a fondos y sociedades de inversión y entidades financieras similares, ambos domiciliados para estos efectos en Huérfanos 903, oficina 815, comuna de Santiago, interponiendo recamo en contra de la Liquidación N° 170407180, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Centro del Servicio de Impuestos Internos, solicitando, en lo principal, que se declare su N ulidad por adolecer de vicios manifiestos que vulneran el debido proceso y demás normas legales y administrativas que indica, y que causan perjuicio, y en el primer otrosí, de forma subsidiaria, solicita que dicha Liquidación se deje sin efecto, por no ser efectivas las observaciones formuladas por el SII ; todo con expresa condenación en costas, conforme a los antecedentes de hecho y derecho que expone en su reclamo y que se desarrollan a continuación.
I. FASE DE DISCUSIÓN:
A. RECLAMO.
I. LOS HECHOS
Precisa que el contribuyente, médico cirujano de profesión actualmente jubilado, es un empresario individual, obligado a llevar contabilidad , de giro inversiones y rentista, que tiene 84 años y que nunca tuvo un problema tributario. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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