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Tribunal · solo Pro
SII con Soc. Eduardo Vinet Vinet Obras Civiles EIRL
Fecha: 21-04-2023 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: claudio_araya_salgado
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal condena a contribuyente por incorporar factura electrónica falsa en registro de compras para aumentar crédito fiscal de IVA, tipificado como infracción del artículo 97 N°4 inciso 2° CT.
La Sociedad Eduardo Vinet Vinet Obras Civiles EIRL, durante el período tributario julio de 2019, registró en su Registro de Compras una factura electrónica N°43 emitida por T Y S Servicios Ingeniería SpA por monto neto de $83.975.353 e IVA de $15.955.317. Esta factura era falsa, ya que el proveedor no realizó las operaciones consignadas. El contribuyente incorporó dicha factura en su declaración mensual de Impuesto a las Ventas y Servicios (Formulario 29), aumentando maliciosamente sus créditos fiscales de IVA. El IVA falso representaba el 99% del total del crédito fiscal del período, causando
El tribunal concluyó que se acreditaron todos los elementos de la infracción: (1) la denunciada es contribuyente afecto a IVA según cartilla SICT y declaraciones; (2) la factura N°43 es ideológicamente falsa porque el proveedor no realizó operaciones; (3) el contribuyente actuó con dolo, ya que el monto era evidentemente superior a otras operaciones del período, representando 99% del crédito, por lo que no pudo desconocer su falsedad; (4) el dolo se acredita por la incorporación premeditada en fecha final del período para disminuir carga tributaria; (5) se configuró la maniobra maliciosa de au
Se confirma Acta de Denuncia N°04 y se condena a la Sociedad Eduardo Vinet Vinet Obras Civiles EIRL por infracción del artículo 97 N°4 inciso 2° CT, aplicando el mínimo de multa del cien por ciento de los impuestos defraudados, ascendente a $16.992.413.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
DENUNCIANTE : Servicio de Impuestos Internos.
DENUNCIADO : Sociedad Eduardo Vinet Vinet Obras Civiles E.I.R.L.
MATERIA : Procedimiento General para Aplicación de Sanciones – Código Tributario
CUANTÍA NETA : 305,05 UTM.
CUANTÍA BRUTA : 305,05 UTM.
Antofagasta, a veintiún días del mes de abril de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 1 y siguientes, rola Acta de Denuncia N°04, de fecha 07 de abril de 2022, notificada por cédula al contribuyente Sociedad Eduardo Vinet Vinet Obras Civiles EIRL , Rol Único Tributario N°76.211.871-8, representada legalmente por don Eduardo Vinet Vinet, RUT N°6.132.424-0, del giro Obras Civiles Movimiento de Tierras y Carpetas, con domicilio en calle Isabel Riquelme N°712, comuna de Antofagasta.
Mediante dicha acta, se efectúa denuncia por haber incurrido la denunciada en el ilícito previsto y sancionado en el artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario. Se indica que la conducta constitutiva de la infracción consistió en que la denunciada durante un período tributario procedió a incorporar en su registro de compras y posteriormente a declarar en los respectivos Formularios 29, sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, 01 factura electrónica falsa proveniente de una proveedora quien no realizó las operaciones que esta consigna, aumentando de esta forma el IVA crédito fiscal que tenía derecho hacer valer, en relación a las cantidades que debía enterar en arcas fiscales, causando un perjuicio fiscal ascendente a $16.992.413.
Sobre el particular, expresa que la factura registrada por Sociedad Eduardo Vinet Vinet Obras Civiles EIRL en su registro de compra y declarada posteriormente en su F29, fue facilitada por Aydee Emelida Terrones Sánchez, en su calidad de representante de la sociedad T Y S SERVICIOS
INGENIERIA SPA, RUT N°76.952.852-0, quien no realizó las operaciones que esta consigna, en razón al siguiente análisis:
Proveedor: T y S Servicios Ingeniería SpA.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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