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Tribunal · solo Pro
SII con AGUIRRE SUÁREZ
Fecha: 26-05-2023 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Claudio Alberto Araya Salgado
RECHAZA Ha Lugar
Contribuyente sancionado por aumentar maliciosamente créditos fiscales IVA mediante uso de facturas falsas emitidas por proveedor inexistente, causando perjuicio fiscal de $13.903.681.
Ronald Aguirre Suárez incorporó en sus registros de compras y declaraciones F29 de enero, febrero y abril 2019, cinco facturas electrónicas emitidas por T Y S Servicios Ingeniería SpA (RUT 76.952.852-0) que no realizó las operaciones consignadas. Las facturas sumaban $12.886.774 en IVA. El proveedor carecía de trabajadores, compras de insumos y capacidad operativa. El contribuyente declaró no conocer a dicha empresa. Posteriormente rectificó sus declaraciones.
El tribunal concluyó que las facturas son ideológicamente falsas, pues el emisor carecía de personal, insumos y capacidad para ejecutar los servicios facturados. El denunciado actuó con dolo al incorporar facturas con montos significativamente superiores al promedio de sus compras (44% del crédito total), representando operaciones de importancia que no podía desconocer. La conducta fue premeditada y reiterada en tres períodos tributarios. Se configuró el ilícito del artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario. Como atenuantes se consideró: no reincidencia y rectificación posterior de decla
Se confirma Acta de Denuncia N°01 y se aplica multa del 100% de los impuestos defraudados, ascendente a $13.903.681. No se condena en costas.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
DENUNCIANTE : Servicio de Impuestos Internos.
DENUNCIADO : Ronald Aguirre Suárez.
MATERIA : Procedimiento General para Aplicación de Sanciones – Código Tributario
CUANTÍA NETA : 250,35 UTM.
CUANTÍA BRUTA : 250,35 UTM.
Antofagasta, a veintiséis días del mes de mayo de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 1 y siguientes, rola Acta de Denuncia N°01, de fecha 23 de marzo de 2022, notificada por cédula a l contribuyente Ronald David Aguirre Suárez , Rol Único Tributario N° 12.440.002-3, del giro Contratista, Transporte de carga y regular de pasajeros, arriendo de vehículos, con domicilio en calle Cautín N°1162, comuna de María Elena.
Mediante dicha acta, se efectúa denuncia por haber incurrido el denunciado en el ilícito previsto y sancionado en el artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario. Se indica que la conducta constitutiva de la infracción consistió en que el denunciado durante 3 períodos tributarios procedió a incorporar en su registro de compras y posteriormente a declarar en los respectivos Formularios 29, sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, 5 facturas electrónicas falsas provenientes de una proveedora quien no realizó las operaciones que estas consignan, aumentando de esta forma el IVA crédito fiscal que tenía derecho hacer valer, en relación a las cantidades que debía enterar en arcas fiscales, causando un perjuicio fiscal ascendente a $13.903.681.
Sobre el particular, expresa que las facturas ingresadas por Ronald David Aguirre Suárez en sus registros de compras y declaradas posteriormente en sus F29, fueron facilitadas por Aydee Emelida Terrones Sánchez, en su calidad de representante de la sociedad T Y S SERVICIOS INGENIERIA SPA, RUT N°76.952.852-0, quien no realizó las operaciones que esta consigna, en razón al siguiente análisis: análisis:
Proveedor: T y S Servicios Ingeniería SpA.
RUT: N°76.952.852-0
Domicilio: Baquedano N°239-203, Antofagasta.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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