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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA L Y L LTDA con SII
Fecha: 24-04-2023 · Materia: Resolución
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de inmobiliaria contra resolución del SII que mantiene sobretasa de Impuesto Territorial por sitio no edificado, confirmando el acto administrativo.
Inmobiliaria L y L Limitada solicitó al SII eliminar la sobretasa del 100% al Impuesto Territorial aplicada a propiedad ubicada en Calle Raimundo Larraín 9950, Vitacura, argumentando que contaba con permiso de edificación de 2011 e inicio de obras. El SII rechazó la solicitud mediante ORD. DAV15.001 N°2 del 5 de enero de 2017. La empresa reclamó ante el Tribunal el 28 de febrero de 2017, solicitando dejar sin efecto el acto y obtener devolución de impuestos pagados en exceso.
El Tribunal analizó la presunción de legalidad de actos administrativos conforme Ley N°19.880 y concluyó que la reclamante no acreditó ilegalidad ni arbitrariedad en el ordinario del SII. Determinó que la contribuyente no explicó adecuadamente sus fundamentos ante el Órgano Fiscalizador en tiempo oportuno. El Tribunal precisó que la sobretasa no constituye materia reclamable conforme a su naturaleza jurídica y la normativa aplicable, señalando que existe normativa especial (Circular N°31 de 2019) para revisar la sobretasa en instancia administrativa, no jurisdiccional.
Se rechaza el reclamo y se confirma en todas sus partes el ORD. DAV15.001 N°2 del 5 de enero de 2017. Se declara que no hay condena en costas por haber tenido la reclamante motivos plausibles para litigar.
1
MAT
“INMOBILIARIA L Y L LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
SANTIAGO ORIENTE”
RUC: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
En Providencia, a veinticuatro de abril de dos mil veintitrés.
A sus autos certificado emitido por la OJV, N°: 157097; N° Escrito: 36071; Fecha: 18 de abril de 2023.
Proveyendo la presentación de 18.04.2023: ESTESE al mérito de autos.
VISTOS:
El escrito de fecha 28.02.2017, de fojas 6 a 28, por el cual compareció don Matías Alberto Rojas Damm , en representación de INMOBILIARIA L Y L LIMITADA , RUT 76.042.975-9, domiciliado en calle Los Abedules N° 3085, oficina N° 402, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; quien dedujo reclamo en contra del ORD. DAV15.001 N°2, de 05.01.2017 , emitido por el SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS XV DRM SANTIAGO ORIENTE , acto administrativo tributario que resolvió textualmente: “En atención a los antecedentes disponibles, lo observado in situ y definiciones establecidas en la normativa legal vigente , no procede la eliminación de la sobretasa de Impuesto Territorial solicitada para la propiedad rol de avalúo 3625 -6, ubicada en Calle Raimundo Larraín 9950 de la comuna de Vitacura”.
Rolan en autos, A fojas 1 a 30, Comprobante de Distribución de Causa ; Ítem de archivo no escaneable; fotocopia autorizada de ORD. DAV15.001 N°2, de 05.01.2017 ; fotocopia autorizada de Mandato Judicial Inmobiliaria L y L Limitada a Rojas Damm Matías Alberto y Otros, de 05.02.2016; escrito de la parte reclamante, de 28.02.2017, presentando Reclamo Tributario a fojas 6 a 28, resolución que provee las presentaciones precedentes y testimonio de su notificación.
A fojas 31 a 34, escrito de la parte reclamante Cumpliendo lo ordenado , de 07.04.2017, resolución que lo provee y testimonio de su notificación. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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