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Tribunal · solo Pro
BEREZIN KORNBLUTH con SII
Fecha: 28-04-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA+100M Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación de IGC 2010 por mayor valor no tributado en enajenación de derechos sociales. El tribunal aplicó la teoría del levantamiento del velo para desvelar operaciones de venta disfrazadas de reorganización empresarial.
Pedro Berezin participó en la constitución de Lavasecos Casablanca Ltda. aportando el 49,9% de derechos en Inversiones La Fuente Ltda. valorizado en $128.904.246. Tres días después, retiró $458.599.009 de la sociedad y vendió sus derechos en $21.321.024. El SII concluyó que estas operaciones constituían una enajenación disfrazada de derechos sociales con mayor valor no tributado de $351.015.787.
El tribunal aplicó la doctrina del levantamiento del velo corporativo para penetrar en la realidad económica de las operaciones, citando sentencia de la Corte Suprema de 2009 en causa Rol 1527-08. Determinó que los dineros aportados por Pressto Chile no fueron aportes de capital sino pagos de precio de venta, y que el contribuyente evitó tributar sobre el mayor valor obtenido en la enajenación. Se acreditó que la base imponible debía aumentarse en $351.015.787, generando IGC adicional de $133.800.632. Respecto de la notificación, se validó que fue efectuada por correo electrónico tras solicitu
Se rechaza el reclamo y se confirma íntegramente la Liquidación 984 de 29.08.2016 por mayor valor en enajenación de derechos sociales no tributado, sin condena en costas.
“BEREZIN KORNBLUTH con SERVICIO D E IMPUESTOS INTERNOS XV DR STG O ORIENTE”
RIT N°: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
SGP.
Providencia, a veintiocho de abril de dos mil veintitrés.
VISTOS:
El escrito de fecha 14.12.2016, r olante de fs. 63 a 92, mediante el cual don PEDRO MANUEL BEREZIN KORNBLUTH, RUT N° [RUT reservado], Factor de comercio, domiciliado en Luis Matte Larraín N° 9807, Las Condes, Región Metropolitana, r epresentado por don Ricardo Mauricio Warnier Oyaneder, abogado, RUT [RUT reservado], domiciliado en Rosario Norte N° 100, oficina 402, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, deduce Reclamo en contra de la Liquidación N° 984, de 29.08.2016 , relacionadas con Impuesto Global Complementario AT 2010, emitidas por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE, RUT N°60.803.315-7, representada legalmente por don Zoila Orellana González, RUT N ° [RUT reservado], Directora (s) de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (SII), según Resolución SIIPERS. Exenta N° 971 de fecha 16.01.2017, ambas domiciliadas en calle General del Canto N° 281, piso 10, oficina N° 1003, Comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1, comprobante de distribución de causa.
A fs. 2 a 62, documentos acompaña dos por el reclamante: Fs. 2 a 39, copia de la Liquidación N° 984, de 29.08. 2016; a fs. 40 a 60, copia de C itación N° 62 de 12.04.2016; a fs.61 a 62, copia de F22 AT 2010, folio N° 85056820.
A fs. 63 a 92, escrito de reclamo.
A fs. 93 a 94, resolución del T ribunal que provee el escrito anterior, da traslado y su correspondiente testimonio de notificación.
A fs. 95 a 98, escrito de la reclamada, asume representación, a compaña documento, solicita aviso, téngase presente y patrocinio y poder.
A fs. 99 a 100, resolución del T ribunal que provee el escrito a nterior y su A fs. 101 a 127, escrito de la reclamada evacuando el traslado.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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