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Tribunal · solo Pro
Lin con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 15-05-2023 · Materia: Liquidación
ACOGE+100M Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidaciones tributarias basadas en facturas electrónicas ideológicamente falsas emitidas por casa de cambio a persona natural sin actividad comercial, declarando inexistentes las operaciones y dejando sin efecto las liquidaciones.
CONG LIN, persona natural sin inicio de actividades comerciales, recibió liquidaciones tributarias Nº 857, 858 y 859 del 30 de julio de 2019 del SII. Estas se fundamentaban en facturas electrónicas exentas emitidas por SAVING TRANSFER SERVICIOS FINANCIEROS por supuestas compras de moneda extranjera por $116.499.894. El reclamante denuncia que dichas facturas son ideológicamente falsas, nunca realizó tales operaciones, no tuvo conocimiento oportuno de las facturas electrónicas y fueron emitidas de manera fraudulenta. Otros contribuyentes, principalmente de nacionalidad china, fueron también afe
El tribunal analiza que las liquidaciones se basan en la presunción legal del artículo 70 de la Ley de la Renta, que requiere acreditar el hecho base: la efectividad de las inversiones. Constatado que: (1) el reclamante no tenía registrado inicio de actividades ni acceso al sistema de facturación electrónica; (2) las facturas nunca fueron notificadas oportunamente; (3) existen denuncias penales por emisión de facturas ideológicamente falsas que el SII utilizó para querellarse contra la misma empresa; (4) no hay prueba del SII que acredite la efectividad de las operaciones. Concluye que la prue
Se acoge el reclamo y se dejan sin efecto las liquidaciones Nº 857, 858 y 859 emitidas el 30 de julio de 2019, declarándolas sin causa y fundamento por inexistencia de las operaciones que las motivaron. No se condena en costas al SII por tener motivos plausibles para litigar.
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“LIN con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Rol · solo Pro Rol · solo Pro Cuantía Neta UTM: 897,98 Multa UTM: 224,62 Reajuste UTM: 74,41 Intereses UTM: 557,11 Cuantía Bruta UTM: 1754,12 Santiago, quince de mayo de dos mil veintitrés.
VISTOS: A fojas 01 comparece VALENTINA DIB REYES, abogada, en representación de CONG LIN, R.U.T. 24.016.879-0 (en adelante indistintamente, el “Reclamante” o el “Contribuyente”), ambos domiciliados para estos efectos en San Alfonso 299, Tercer Piso, Santiago, deduciendo reclamo en contra de las Liquidaciones Nº 857, 858 y 859, emitidas el 30 de julio de 2019 (en adelante también las “Liquidaciones” o las “Liquidaciones reclamadas”), por la Dirección Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos (en adelante también, el “SII” o el “Servicio”), solicitando que se dejen sin efecto, en todas sus partes, con expresa condena costas, conforme a los antecedentes de hecho y derecho que expone en su reclamo y que se desarrollan a continuación. I. FASE DE DISCUSIÓN: A. RECLAMO. FUNDAMENTOS DEL RECLAMO 1. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTO DE LA LIQUIDACIÓN. Señala que las Liquidaciones reclamadas citan como fundamento que las rentas declaradas por el Contribuyente no tienen relación con las inversiones efectuadas por la reclamante, no declaradas, que el SII funda en unas facturas no afectas o exentas, emitidas por la casa de cambio SAVING TRANSFER SERVICIOS FINANCIEROS LIMITADA, por venta y/o compras de moneda extranjera. Explica que, por este motivo, se citó a la reclamante para que acreditara el origen de los fondos con los que se financiaron las transacciones realizadas con la casa de cambio. Agrega que en las Liquidaciones reclamadas se indica que la reclamante no dio respuesta a dicha citación, razón por la cual
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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