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Tribunal · solo Pro
SII con MULTISERVICIOS TALCA SPA
Fecha: 06-06-2023 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza denuncia por contabilización de facturas falsas. El tribunal concluye que las facturas cuestionadas son ideológicamente falsas, pero desestima la sanción al no acreditarse el elemento doloso exigido en el artículo 97 N°4 del Código Tributario.
Multiservicios Talca SPA fue denunciada por el SII por haber contabilizado 15 facturas falsas emitidas por 10 proveedores en períodos entre enero 2018 y marzo 2019, utilizando indebidamente crédito fiscal IVA en sus declaraciones F29. La denunciada alegó que las operaciones eran reales, pagadas en efectivo, y que no tenía conocimiento de irregularidades en los proveedores. El SII argumentó que los proveedores carecían de capacidad económica y física, presentaban subdeclaraciones y conductas irregulares.
El tribunal establece que debe acreditarse tanto la falsedad de las facturas como el elemento doloso (intención maliciosa) conforme a jurisprudencia de la Corte Suprema. Respecto de la falsedad, después de analizar detalladamente cada proveedor y sus antecedentes tributarios, determina que las facturas son ideológicamente falsas por discrepancias entre montos declarados, falta de respaldo en registros de compra, capital inicial inconsistente con operaciones, y comportamiento típico de traspasadores de crédito fiscal. Sin embargo, analiza que la denunciada no demostró intención maliciosa: opera
Se deja sin efecto el Acta de Denuncia N°1 por no acreditarse el elemento doloso requerido para la infracción del artículo 97 N°4 del Código Tributario, sin aplicación de sanción. Se ordena que la contribuyente rectifique sus declaraciones y pague los impuestos que correspondan.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
SPA”
Rol · solo Pro
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Talca, seis de junio de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 47 y siguientes, comparece don RODRIGO BRAVO VALLEJOS, RUT N° 9.980.934-5, abogado, en representación de MULTISERVICIOS TALCA SPA, RUT N° 76.251.828-7, representada por doña DEYANIRA ANGÉLICA ACEVEDO RAMÍREZ, todos domiciliados, para estos efectos, en Panamericana Sur Kilómetro 242, San Rafael, quien formula descargos, conforme al Procedimiento General para la Aplicación de Sanciones, contemplado en el artículo 161 del Código Tributario, en contra del Acta de Denuncia N°1, de fecha 27.01.2021, que fue emitida por la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos, a través de la cual se le imputa haber incurrido en la infracción contemplada en el inciso segundo del artículo 97 N° 4 del Código Tributario.
Expone que en el acta de denuncia se indica que la infracción imputada se habría configurado al contabilizar facturas que han sido calificadas como falsas por el S.I.I., supuesto que alega no se ajusta a la realidad y es erróneo, ya que todas las facturas cuestionadas corresponden a operaciones reales, del giro de la empresa, necesarias para el desarrollo de sus operaciones y que exhiben, a simple vista, todas las características de una factura fidedigna, sin que existiera medio posible para su representada de siquiera sospechar de las irregularidades denunciadas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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