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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD GENERADORA AUSTRAL S.A. con SII
Fecha: 30-06-2023 · Materia: Resolución · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Sociedad Generadora Austral S.A. contra resolución del SII que rechazaba devolución de impuestos año 2020, tras allanamiento del Servicio.
Sociedad Generadora Austral S.A. declaró en año tributario 2020 base imponible de $1.151.751.117 con impuesto a pagar de $310.972.802. Acreditó pagos provisionales mensuales por $357.707.833, generando saldo a favor de $46.735.031. El SII rechazó devolución mediante Resolución Exenta N°100240469 de 15 de diciembre de 2022, argumentando no aclaración de inconsistencias detectadas en la declaración.
El tribunal constata que el SII se allanó totalmente al reclamo, reconociendo que la contribuyente subsanó todas las observaciones formuladas: observación F124 sobre diferencias de cambio en dólares (explícable por tipo de cambio de cierre vs. inicio del ejercicio); observación F51 sobre procedencia de devolución (acreditada por diferencia entre pagos provisionales y impuesto definitivo); y observación F95 sobre inconsistencias en retenciones a directores (corregidas mediante rectificación de códigos 151 a 153 en formularios N°29). Al no existir controversia sustancial tras el allanamiento, el
Se acoge íntegramente el reclamo. Se deja sin efecto Resolución Exenta N°100240469 de 15 de diciembre de 2022 y se ordena efectuar devolución de impuestos solicitada en Formulario N°22 folio N°351690470, año tributario 2020. Se libera al SII de costas por su allanamiento.
1
Puerto Montt, treinta de junio de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña María Fernanda Manresa Carvacho, RUT N°13.332.879- 3, en representación de Sociedad Generadora Austral S.A, RUT N°99.598.750-1, ambos para estos efectos con domicilio en Bulnes N°441, comuna de Osorno, quien interpone reclamo tributario en contra de Resolución Exenta N°100240469 de fecha 15 de diciembre de 2022, emitida por la X Dirección Regional de Puerto Montt del Servicio de Impuestos Internos y notificada al contribuyente con fecha 4 de enero de 2023, solicitando que se deje sin efecto y disponiendo en su lugar que se confirma la declaración de impuestos contenida en el Formulario N°22 Folio N°351690470, correspondiente al año tributario 2020, accediendo a la devolución de impuestos solicitada para dicho año tributario, en atención a los fundamentos de hecho y de derecho que expone.
La cuantía de la causa asciende a: Cuantía Neta UTM 749,1;
Multa UTM 0; Reajuste UTM 0; Intereses UTM 0; Cuantía Bruta UTM 749,1.-
El actor en su reclamo indica, como asunto preliminar que, en su Declaración Anual de Impuestos a la Renta, declaró una base imponible del Impuesto de Primera Categoría de $1.151.751.117 y un impuesto a pagar de $310.972.802. Además, declaró un crédito tributario por concepto de Pagos Provisionales Mensuales , ascendente a $357.707.833. En este sentido, en consideración a la diferencia entre el Impuesto de Primera Categoría y los Pagos Provisionales Mensuales enterados y debidamente actualizados a la fecha de la Declaración de Renta, solicitó una devolución de impuestos ascendente a la cantidad de $46.735.031.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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