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Tribunal · solo Pro
SOLVTRANS CHILE S.A. con SII IVDIRECCIÓN REGIONAL PUERTO MONTT
Fecha: 30-10-2019 · Materia: Resolución · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Solvtrans contra resolución del SII que deniega crédito por Ley Austral por extemporaneidad en anotación de radicación de nave y declaración del beneficio.
Solvtrans adquirió nave Ronja Atlantic en abril 2016 por CLP$13.717.300.000 para transporte de carga. En mayo 2017 presenta declaración de renta sin invocar beneficio Ley Austral. En julio 2017 rectifica declaración para incluir crédito por inversión de CLP$3.694.640.000. En agosto 2017 anota radicación de nave en DIRECTEMAR. El SII rechaza solicitud de devolución de PPM mediante Resolución Exenta N°77318090434 de diciembre 2018, argumentando extemporaneidad tanto en declaración del beneficio como en anotación de radicación.
El tribunal estima que la Ley Austral exige informar el beneficio en la primera declaración anual de renta del año siguiente a la adquisición. Aunque la ley admite rectificaciones conforme al artículo 36 bis del Código Tributario, ésta tiene aplicación restrictiva para errores que incidan en el monto del tributo. La palabra 'primera declaración' en el artículo 3° de la Ley 19.606 está dirigida a excluir rectificaciones posteriores. Respecto de la anotación de radicación, el artículo 5° inciso 6° establece que debe hacerse dentro del mes de enero del año tributario en que se atribuye el crédito
Se rechaza íntegramente el reclamo de Solvtrans contra la Resolución Exenta N°77318090434 de 20 de diciembre de 2018, confirmándose la decisión del SII. Se exime al actor del pago de costas.
Puerto Montt, treinta de octubre de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Andrea Duarte Albornoz, RUT N° 12.659.076-8, abogada, en representación de Solvtrans Chile S.A., RUT N° 76.254.430-K, ambos domiciliados en Av. Juan Soler Manfredini, número 41, of. 901 , comuna de Puerto Montt, quien interpone reclamo tributario en contra de la Resolución Exenta Nº 77318090434, de fecha 20 de diciembre de 2018, solicitando que sea dejada sin efecto, de acuerdo a los argumentos que expone.
La cuantía de la causa asciende a: Cuantía Neta UTM: 780,32;
Cuantía Bruta UTM: 780,32;
En cuanto a los hechos en que se basa su libelo, relata que, con fecha 05 de abril del año 2016, la empresa Solvtrans Chile S.A., adquirió la nave "Ronja Atlantic ", cuya matrícula es el número 3.390, con el objeto de destinarla exclusivamente al trasporte de carga en la zona comprendida al sur del paralelo 41°. El precio ascendió a NOK $170.000.000, esto es, CLP$ 13.717.300.000 según el tipo de cambio de la fecha y de acuerdo a su contabilización en el activo. Con fecha 9 de mayo del año 2017 , Solvtrans presenta su declaración de impuestos correspondiente ese año tributario, mediante el Formulario 22 , donde se registra una renta líquida imponible negativa ascendente a CLP $1.743.799.660 y, atendido a la pérdida tributaria, se declara un pago de impuesto ascendente a CLP $0. Atendido a que el contribuyente y la nave adquirida reunían los requisitos para acceder al beneficio tributario dispuesto en el artículo 1º de la Ley número 19.606 sobre incentivos para el desarrollo económico de las Regiones de Aysén y de Magallanes, y de la Provincia de Palena, "Ley Austral", el contribuyente informa al Servicio de Impuestos Internos el "monto de inversión en Ley Austral", código 741, la cual ascendió a la suma de CLP $14.287.185.376 y el "crédi to por inversión Ley Austral" por CLP $3. 694.640.000, en el código 742 del formulario.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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