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Tribunal · solo Pro
PAN con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 30-06-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE+100M Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidaciones tributarias fundadas en facturas ideológicamente falsas emitidas por casa de cambio a contribuyente que nunca realizó operaciones de compraventa de moneda extranjera.
El SII emitió Liquidaciones N°895 y 896 (30.07.2019) contra HAIQIU PAN por tributos no declarados, fundándose en facturas emitidas por SAVING TRANSFER SERVICIOS FINANCIEROS LIMITADA por supuestas compras de dólares por $226.637.110. La contribuyente no comparecía a verificar el origen de fondos. Posteriormente denunció que las facturas eran ideológicamente falsas, que nunca realizó esas operaciones y que fue víctima de delito de falsificación documental. El SII interpuso querella contra la casa de cambio por emisión de facturas falsas a otros ciudadanos chinos.
El tribunal analizó el artículo 70 de la LIR que presume renta cuando no se acredita origen de gastos/inversiones. Determinó que se trata de presunción simplemente legal, admitiendo prueba en contrario. Concluyó que la prueba rendida por SII resulta insuficiente para acreditar la efectividad de las operaciones, puesto que existen suficientes antecedentes que permiten tener por acreditada la falsedad ideológica de las facturas. Sin operaciones reales, no recae sobre el contribuyente obligación de acreditar origen de fondos en transacciones inexistentes. Las liquidaciones carecen de causa y fund
Se acoge el reclamo tributario interpuesto por HAIQIU PAN. Se dejan sin efecto en todas sus partes las Liquidaciones N°895 y 896 emitidas el 30.07.2019 por la Dirección Metropolitana Santiago Centro del SII. No se condena en costas a la parte vencida.
1
“HAIQIU PAN con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN
REGIONAL SANTIAGO CENTRO”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 1543,69
Multa UTM 502,47
Reajuste UTM 131,21
Intereses UTM 979,82
Cuantía Bruta UTM 3157,19
Santiago, treinta de junio de dos mil veintitrés.
VISTOS:
PRIMERO: A fojas folio 01 y siguientes del expediente electrónico, comparece don LUIS MONDACA MUÑOZ, abogado, en representación de HAIQIU PAN, R.U.T. 23.229.142-7, ambos domiciliados para estos efectos en San Alfonso 299, Tercer Piso, Santiago , deduciendo reclamo en contra de la las Liquidaciones N°895 y 896, emitidas el 30 de julio de 2019 , a través de las cuales se pretende el cobro de tributos supuestamente no declarado y por tanto dejados de percibir en razón de haberse omitido en la declaración de renta supuestos fondos que fueron destinados a operaciones de cambios de monedas, facturados por la sociedad SAVING TRANSFER SERVICIOS FINANCIERON LIMITADA, Rol Único Tributario N°76.293.971 -1.
I. FASE DE DISCUSIÓN:
A. RECLAMO.
ACTO RECLAMADO E INTERÉS ACTUAL COMPROMETIDO:
Expresa que, el acto reclamado son las Liquidaciones N°895 y 896, ambas de fecha 30.07.2019, documentos que pretenden imponer a su representada la obligación de pagar en total la suma de $156.827.060, por concepto de impuestos dejados de percibir. 2
La calidad de interesada de su representada en esta reclamación consta en el mismo documento de las liquidaciones, sobre la cual recae esa actuación, documento que expresa con precisión su nombre y su cédula de identidad, asignándole el carácter de “Deudor” obligado al pago de la diferencia de tributos determinando en la actuación reclamada.
FUNDAMENTOS DEL RECLAMO 1. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTO DE LA LIQUIDACIÓN.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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