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Tribunal · solo Pro
SII con ESPINOSA PIZARRO
Fecha: 12-07-2023 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA Ha Lugar
Se confirma denuncia por aumento malicioso de crédito fiscal IVA mediante facturas electrónicas falsas en períodos febrero y diciembre 2019, condenando a multa de 100% de impuestos defraudados.
Mario Espinosa Pizarro, RUT 7.359.650-5, contribuyente afecto al IVA, incorporó en sus registros de compras y declaró en Formularios 29 de febrero y diciembre 2019 un total de 5 facturas electrónicas falsas provenientes de 3 supuestos proveedores: Comercial Juan Santana López EIRL (facturas 37), Construcciones y Transporte Isabel Ruiz Aguirre EIRL (factura 16) y Norte Grande Ingeniería & Construcción SPA (facturas 179, 180, 181). Estos proveedores no realizaron las operaciones que las facturas consignaban. El denunciado utilizó los créditos fiscales asociados para aumentar indebidamente sus cr
Se acreditó mediante registros de compras, formularios de declaración y testimonios de fiscalizadores que el denunciado actuó maliciosamente. Los montos de IVA de las facturas cuestionadas eran notablemente superiores al resto, representando porcentaje elevado del crédito declarado, por lo que no podía desconocer su falsedad. La reiteración de la práctica en dos períodos tributarios demuestra premeditación. Se configuró la infracción del artículo 97 Nº4 inciso 2° CT: conducta típica, antijurídica y culpable de aumentar fraudulentamente créditos fiscales IVA. Los impuestos defraudados ascendier
Se confirma Acta de Denuncia Nº08 de 18 de octubre 2022 respecto a infracción artículo 97 Nº4 inciso 2° CT. Se condena a Mario Espinosa Pizarro a multa equivalente al 100% de impuestos defraudados: $29.298.726. Sin condena en costas por no comparecencia del denunciado.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
DENUNCIANTE : Servicio de Impuestos Internos.
DENUNCIADO : Mario Espinosa Pizarro
MATERIA : Procedimiento General para Aplicación de Sanciones – Código Tributario
CUANTÍA NETA : 485,8 UTM.
CUANTÍA BRUTA : 485,8 UTM.
Antofagasta, a doce días del mes de julio de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 1 y siguientes, rola Acta de Denuncia N°08, de fecha 18 de octubre de 2022, notificada personalmente al contribuyente Mario Espinosa Pizarro, Rol Único Tributario N° 7.359.650-5, del giro Oficina administrativa - Martillero Público , con domicilio en calle General Velásquez N°828 N°5 , Antofagasta.
Mediante dicha acta, se efectúa denuncia por haber incurrido el denunciado en el ilícito previsto y sancionado en el artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario. Se indica que la conducta constitutiva de la infracción consistió en que el denunciado durante los períodos tributarios febrero y diciembre de 2019 procedió a incorporar en su registro de compras y posterior mente declarar en los respectivos formularios 29, Sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, cinco facturas electrónicas falsas provenientes de tres supuestos proveedores, quienes no realizaron las operaciones que estas consignan, aumentando de forma el IVA Crédito Fiscal que tenía derecho hacer valer en relación a las cantidades que debía enterar en arcas fiscales, causando un perjuicio fiscal ascendente a $29.298.726.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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