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Tribunal · solo Pro
ARELLANO PARKER con SII
Fecha: 20-10-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación de diferencia de Impuesto Global Complementario por $9.971.607, confirmando el acto administrativo del SII por falta de acreditación de alegaciones del reclamante.
Claudio Arellano Parker presenta declaración de impuestos AT 2014 el 23.04.2017, que el SII detecta con inconsistencias. El 19.08.2014, mediante carta Nº240220245, se comunican observaciones A07, E53, G37 y G56, requiriendo concurrencia el 10.09.2014, lo que no ocurre. Posteriormente, el 10.11.2014, se emite Citación Nº144519530 sin respuesta del contribuyente. El SII emite Liquidación Nº415103000044 del 16.05.2017 por diferencia de Global Complementario de $9.971.607, agregando retiros no declarados de sociedad Arellano Donoso Swett Abogados Limitada por $35.745.595.
El tribunal establece que el sistema tributario chileno descansa en el principio de autodeclaración, siendo responsabilidad del contribuyente declarar correctamente su renta y desvirtuar inconsistencias detectadas por el SII. El reclamante no acompañó documentación probatoria ni acreditó sus alegaciones respecto de incrementos por Impuesto de Primera Categoría y créditos de Global Complementario. Conforme artículos 13 de Ley Nº18.575 y 3° de Ley Nº19.880, los actos administrativos gozan de presunción de legalidad. El reclamante, profesional legal desde 1993, incumplió requerimientos administra
Se rechaza el reclamo y se confirma íntegramente la Liquidación Nº415103000044 del 16.05.2017. No se condena al reclamante al pago de costas por existir motivos plausibles para litigar.
1 pa
“ ARELLANO PARKER con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
STGO ORIENTE”
RIT: Rol · solo Pro.
RUC: Rol · solo Pro.
Providencia, a veinte de octubre de dos mil veintitrés.
VISTOS:
El escrito de fecha 25.08.2017 , mediante el cual don CLAUDIO ARELLANO
PARKER, RUT Nº [RUT reservado], domiciliado en calle Marchante Pereira Nº201, oficina 501, comuna de Providencia, Región Metropolitana , deduce reclamo en contra de la Liquidación Nº415103000044 , de fecha 16.05.2017 , emitida por la DIRECCIÓN
REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE DEL SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS, representado legalmente por don Christian Fernando Soto Torres, Director Regional Santiago Oriente según Resolución TRA N°246/175 8/2015, de fe cha 30.10.2015, domiciliado para estos efectos en calle General del Canto Nº281, piso 5, oficina Nº503, comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1 a 19, comprobante de distribución de causa; copia de Liquidación Nº415103000044, emitida el 16.05.2017 por el Servicio Impuestos Internos; copia de Declaración de Impuestos Anuales, Formulario N º22 Folio Nº223582624 ; Informe de Ingresos y Agentes Retenedores y Otros, emitido por la página web del Servicio de Impuestos Internos; Certificados Nº3 y 5 de Retiros emitidos por las sociedades Arellano Donoso Swett Abogados Limitada e Inversiones Faivel Limitada, AT 2014; escrito de reclamo; resolución del Tribunal que lo provee y tiene por interpuesto el reclamo, confiere traslado y su correspondiente testimonio de notificación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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