Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
EXPORTADORA Y RECICLADORA DE METALES RECIMEPLAS LIMITADA con SII
Fecha: 13-05-2013 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: orlando_cuevas_reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra multa por no emisión de factura en venta de chatarra, confirmando que obligación recaía en vendedor y no en comprador que carecía de calidad de agente retenedor.
Exportadora Recimeplas Ltda. vendió 4.001 kg de chatarra a Reciclajes Cerda S.P.A. el 25.04.2012 sin emitir factura de venta. El comprador emitió factura de compra y retuvo IVA, pero no tenía calidad de agente retenedor. En fiscalización por devolución de IVA exportadores, el SII detectó guía de despacho sin factura asociada y notificó infracción por no emisión de documento tributario.
El tribunal estableció que, conforme artículos 2 N°3, 3° y 10° DL825, el vendedor es sujeto pasivo del IVA y obligado a emitir factura. El cambio de sujeto solo procede cuando el comprador tiene calidad de agente retenedor otorgada por SII según Resolución Exenta N°7/2003. No aplicando dicha excepción, regía la regla general de emisión de factura por el vendedor (arts. 52, 53 DL825 y 88 CT). La emisión de factura de compra por quien carece de calidad de agente retenedor no exime al vendedor de su obligación legal. Se acreditó cumplimiento tributario posterior, considerándose para graduar la sa
Rechaza reclamo y confirma notificación de infracción N°1162556. Aplica multa de 4 UTM y clausura de 2 días. No condena en costas por motivos plausibles para litigar.
Temuco, trece de mayo de dos mil trece.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don CARLOS MATURANA
LANZA, cédula de identidad N° 4.666.418-3, con domicilio en calle Arturo Prat N° 847, oficina N° 801 de la ciudad y comuna de Temuco, quien en representación de la sociedad EXPORTADORA Y RECICLADORA DE METALES
RECIMEPLAS LIMITADA, RUT N° 76.064.941-4, del mismo domicilio, interpone reclamo en contra de la notificación de infracción N° 1162556, de fecha 30 de enero de 201 3, emanada de la Dirección Regional Araucanía del Servicio de Impuestos Internos, por contravención descrita y sancionada en el N° 10 del artículo 97 del Código Tributario, consistente en la no emisión de factura por la venta de 4.001 kilos de chatarra de aluminio a Reciclajes Cerda S.P.A. , RUT N° 76.170.111-8.
Al efecto, expone el reclamante que el día 25 de abril de 201 2, la contribuyente Exportadora y Recicladora de Metales Recimeplas Limitada, realizó una operación de venta a la empresa Reciclajes Cerda S.P.A. , cuyo giro es comercializadora, importadora y exportadora de desechos metálicos, la que emitió por dicho acto la correspondiente factura de compra, reteniendo totalmente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y enterándolo oportunamente en arcas fiscales, según da cuenta la declaración de mensual de impuesto de Reciclajes Cerda S.P.A. , período mayo de 2012 , que acompaña a su presentación. Sostiene que por esa razón no se tipifica la figura establecida en el artículo 97 N°10 del Código Tributario, ya que se emitió oportunamente el documento legal por la operación realizada y se declaró el tributo dentro del plazo establecido en la ley.
Añade la reclamante que ignoraba que la compradora
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.