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Tribunal · solo Pro
MORENO PONCE con SII
Fecha: 30-11-2023 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de socia contra liquidación de impuesto único por presuntos errores en cálculo de FUT y créditos de primera categoría en años 2017-2019.
Raquel Alejandra Moreno Ponce, socia del 50% de Panadería Moreno Limitada, reclama liquidación N°72 de abril 2020 por $17.823.664 de impuesto único. La sociedad fue fiscalizada por subdeclaración de IVA. El SII determinó diferencias en el crédito de impuesto de primera categoría repartido a socios en años 2013-2016 y 2018-2019, originadas por saldos sin derecho a crédito de 2012-2013 (artículo 14 Quáter). La reclamante argumentó que el fiscalizador excluyó el año tributario 2011 del cálculo de FUT y acumuló erróneamente saldos sin crédito para 2017.
El tribunal constata que ambas partes admiten errores en las declaraciones iniciales. Aunque el SII estaba autorizado para determinar impuesto distinto, el acto debe basarse en cálculos claros refrendados por contabilidad y prueba. Los cálculos controvertidos respecto al orden de imputación de retiros a utilidades más antiguas requieren claridad total. El SII formalizó observaciones (omisión de gastos, saldos iniciales erróneos, exceso del tope de 1440 UTM, duplicación de créditos) que la reclamante no desvirtúó. Los contadores de la actora, pese a depositar en juicio, no absolvieron las objec
Se rechaza el reclamo. Se confirma la Liquidación N°72 de 28 de abril de 2020. No hay condena en costas por haber tenido motivos plausibles para litigar.
RESUMEN:
PARTES: RAQUEL ALEJANDRA MORENO PONCE CON SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: LIQUIDACIÓN
PROCEDIMIENTO: GENERAL DE RECLAMACIÓN.
CUANTÍA NETA: 212,58 UTM.
MULTA: 0 UTM.
REAJUSTE: 17,64 UTM.
INTERES: 124,32 UTM.
CUANTÍA BRUTA: 354,54 UTM.
La Serena, treinta de noviembre de dos mil veintitrés.
VISTOS:
Que a fojas 20 y siguientes, con fecha 20 de agosto de 2020, comparece don CARLOS ALVAREZ CEREZO, Abogado, cédula nacional de identidad N°13.649.870 -3, con domicilio en calle Brasil N°482, comuna de La Serena, en representación de la contribuyente doña RAQUEL ALEJANDRA MORENO PONCE, cédula nacional de identidad N°13.762.053, domiciliada, en calle Benavente N°403, comuna de Ovalle, Región de Coquimbo, reclamando de la Liquidación N°72, de fecha 28 de abril de 2020, emitidas por la IV D.R. La Serena del SII, Unidad Ovalle, que determinan un Impuesto Único del artículo 21 L.I.R., por la suma de $17.823.664, incluidos reajuste e intereses; por las razones de hecho y de derecho, que a continuación pasa a explicar:
Manifiesta que, su representada en conjunto con don Andy Moreno Ponce, constituyeron, con fecha 23 de octubre de 2009, la sociedad de responsabilidad limitada denominada “PANADERÍA MORENO LIMITDA”, RUT N°76.089.069 -3, del giro de su denominación, acordando en su pacto social que las utilidades o pérdidas se distribuirán entre los socios a prorrata de sus aportes, esto es 50% para cada socio. Agrega que dicha sociedad Inició actividades ante el S.I.I. con fecha 25 de febrero 2010.
Respecto de la fiscalización realizada , relata que , con fecha 12 de Julio del 2019, se practicó a la sociedad la Notificación de Requerimiento N°13.
Expresa que, en dicho Requerimiento el Servicio solicitó antecedentes de la empresa, los cuales fueron presentados, con fecha 12 de agosto del 2019.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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