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Tribunal · solo Pro
MORENO PONCE con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 30-11-2023 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación por impuesto único de primera categoría, confirmando determinación del SII sobre retiros de utilidades y aplicación del artículo 14 Quáter de la LIR en años tributarios 2017-2019.
Panadería Moreno Limitada, constituida el 23 de octubre de 2009 con participación al 50% del reclamante Andy Alfredo Moreno Ponce, fue fiscalizada por el SII respecto al Fondo de Utilidades Tributarias (FUT). El SII detectó discrepancias en la imputación de retiros de socios relativos a utilidades sin derecho a crédito generadas en 2012-2013 mediante aplicación del artículo 14 Quáter. El reclamante contrapropuso un cálculo distinto del FUT, argumentando que el SII excluyó el año tributario 2011 en sus cálculos. La Resolución Exenta 121 de 21 de abril de 2020 resolvió desfavorablemente la respu
El tribunal establece que el SII estaba autorizado para determinar impuesto distinto al declarado, pues el contribuyente reconoce errores en sus declaraciones. Se requiere claridad en cálculos y respaldo contable para aceptar nueva determinación impositiva por retiros. El SII planteó observaciones a la propuesta del reclamante (omisión de gasto rechazado, saldos iniciales erróneos, exceso del tope de 1440 UTM en artículo 14 Quáter, duplicación de créditos), que el reclamante no desvirtuó adecuadamente. Los testigos de la parte reclamante no abordaron estas observaciones relevantes. Las propues
Se rechaza el reclamo y se confirma la Liquidación 71 de 28 de abril de 2020. No se condena en costas por haber tenido motivos plausibles para litigar.
RESUMEN:
PARTES: ANDY ALFREDO MORENO PONCE CON SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: LIQUIDACIÓN
PROCEDIMIENTO: GENERAL DE RECLAMACIÓN.
CUANTÍA NETA: 226,23 UTM.
MULTA: 0 UTM.
REAJUSTE: 18,78 UTM.
INTERES: 132,3 UTM.
CUANTÍA BRUTA: 377,31 UTM.
La Serena, treinta de noviembre de dos mil veintitrés.
VISTOS:
Que a fojas 60 y siguientes, con fecha 20 de agosto de 2020, comparece don CARLOS ALVAREZ CEREZO, Abogado, cédula nacional de identidad N° 13.649.870-3, con domicilio en calle Brasil N° 482, comuna de La Serena, en representación del contribuyente don ANDY ALFREDO MOR ENO PONCE, cédula de identidad N° 16.687.481-5, domiciliado en calle Benave nte N° 403, comuna de Ovalle, Región de Coquimbo, a US. respetuosamente dice:
Indica que, mediante la Liquidación N°71, de fecha 28 de abril de 2020, emitida por la IV D.R. La Serena del SII, Unidad Ovalle , se determina un Impuesto Único del artículo 21 de la ley de impuesto a la renta (en adelante L.I.R.), por la suma de $ 18.968.212, incluidos reajustes e intereses.
Manifiesta que , su representado en conjunto con doña Raquel Moreno
Ponce, constituyeron, con fecha 23 de octubre de 2009, la sociedad de responsabilidad limitada denominada “PANADERÍA MORENO LIMITDA”, RUT N°76.089.069-3, del giro de su denominación, acor dando en su pacto social que las utilidades o p érdidas se distribuirán entre los socios a prorrata de sus aportes, esto es 50% para cada socio.
Señala que d icha sociedad Inició actividad es ante el S.I.I. con fecha 25 de febrero 2010.
Agrega que, la IV D.R. La Serena del S.I.I., Unidad Ovalle, con fecha 12 de Julio del 2019, practicó a la sociedad, Notificación de Requerimiento N°13.
Expresa que, en dicho Requerimiento, el Servicio solicitó los antecedentes que detalla de la Empresa, los cuales fueron presentados, con fecha 12 de agosto del 2019.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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