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Tribunal · solo Pro
CENCOSUD SHOPPING S.A. con SII
Fecha: 07-03-2024 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Cencosud Shopping S.A. contra reavalúo de bien raíz por no acreditar que la restricción de área libre constituye minusvalía particular justificadora de coeficiente corrector excepcional.
Cencosud Shopping S.A. es propietaria de inmueble ubicado en Avenida Sánchez Fontecilla N° 12.200, Peñalolén, Rol N° 9095-64, destinado a comercio (Supermercado Jumbo). El predio se emplaza en Zona ZHM-5 del Plan Regulador de Peñalolén, sujeto a restricción de destinar 20% de área libre, de la cual 50% debe ser área verde (equivalente a 10% del total). El SII reavalúó el inmueble en 2018 con Coeficiente Guía 1,00 sin aplicar coeficiente corrector. Cencosud reclama la aplicación de coeficiente corrector excepcional de 0,75 por prohibición de edificar el 10% de superficie.
El Tribunal analizó si la restricción de área libre constituye minusvalía particular susceptible de coeficiente corrector. Constató que la Resolución Ex. N° 28/2018 del SII exige dos requisitos: (1) minusvalía respaldada del bien raíz, y (2) que el factor no esté considerado en el valor del terreno del Área Homogénea ni en su ficha descriptiva. El Tribunal determinó que la restricción de área libre es aplicable a toda la Zona ZHM-5 (no solo al Área Homogénea XAB-077), siendo común a muchos bienes raíces de esa zona. Por ello, concluyó que esta característica ya está considerada en el valor del
No ha lugar al reclamo presentado por Cencosud Shopping S.A. contra el reavalúo del inmueble Rol N° 9095-64. Se rechaza la solicitud de aplicación de coeficiente corrector excepcional. Sin condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
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EN SANTIAGO, A SIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 5 de abril del año 2019, presentado por don
SEBASTIAN RIVERA MARTÍNEZ, cédula de identidad número 12.869.193-6, abogado, domiciliado Avenida Presidente Kennedy N° 9001, piso 4°, comuna de Las Condes, en representación de CENCOSUD SHOPPING S.A, RUT: 76.433.310-1, con el mismo domicilio, mediante el cual en virtud de lo establecido en el Procedimiento Especial de Reclamo de Avalúos de BBRR, interpone reclamo en contra del reavalúo del inmueble Rol N° 9095 -64, de la comuna de Peñalolén, conforme al artículo 149 del Código Tributario.
A modo de resumen, señala que la reclamante es dueña del inmueble ubicado en Avenida Sánchez Fontecilla N° 12.200, comuna de Peñalolén, el cual se encuentra dentro del Área Homogénea XAB 077, de la misma comuna, y que tiene un valor de terreno único de $107.037 por metro cuadrado.
Indica que, respecto al terreno en cuestión, el Servicio dispuso que en el valor del avalúo éste no requería de un ajuste por entender que no existían minusvalía que le afectasen y por ello le asignó un Coeficiente Guía (CG) de 1,00.
Añade que según el Certificado de Información Previa (CIP), el área donde se ubica el terreno es urbana, el cual corresponde al Lote Área Reserva Propietario 1-Comercio, del Lote El Parque, con dirección en Sánchez Fontecilla N° 12.000 . Además, en relación con las normas urbanísticas aplicables, el referido certificado indica que la zona o subzona de uso de suelo y edificación en que se emplaza el terreno corresponde a la denominada ZHM-5. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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