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Tribunal · solo Pro
COMPANIA EXPORTADORA TRES RIOS S.A. con SII
Fecha: 18-04-2024 · Materia: Resolución · Juez: Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Compañía Exportadora Tres Ríos S.A. contra resolución que modifica registros de rentas empresariales y distribución de dividendos para el AT 2018, confirmando que el SII no estaba impedido de fiscalizar pese a reclamación pendiente sobre años anteriores.
La contribuyente se acogió al régimen de impuesto sustitutivo al FUT conforme art. 14 letra b) LIR, declarando base imponible de $1.156.813.106 al AT 2017, pagando $38.993.686 con crédito de $227.073.328. El SII emitió Liquidaciones Nº138-142 (oct 2018) determinando diferencias en IC e impuesto único art. 21 para AT 2013-2017. La contribuyente las reclamó. En AT 2018, el SII notificó Resolución EX RVA 05.00 Nº1229 (30.09.2021) modificando registros empresariales y reduciendo la base del impuesto sustitutivo a $4.799.905.
El tribunal confirma que el SII estaba facultado legalmente para fiscalizar el AT 2018 dentro de los plazos de prescripción del art. 200 CT, sin que la pendencia de un reclamo sobre años anteriores constituya impedimento legal para ejercer facultades fiscalizadoras en periodos posteriores. Las hipótesis de suspensión e interrupción del art. 200-201 CT no amparan la posición de la contribuyente. Sostiene que obligar al Fisco a esperar la resolución de otros periodos llevaría a absurdos como la prescripción de acciones. Finalmente, la sentencia de 05.12.2023 confirmó las Liquidaciones Nº138-142,
Se rechaza el reclamo general tributario. Se mantiene firme la actuación reclamada Resolución EX RVA 05.00 Nº1229 de 30.09.2021. No se condena en costas por estimarse motivo plausible para litigar.
1
COMPAÑÍA EXPORTADORA TRES RIOS S.A.
RUT N° 76.299.900-5
Valparaíso, dieciocho de abril de dos mil veinticuatro.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don MARCOS MAGASICH
AIROLA, abogado, RUT N° 7.669.851-1, en representación de la sociedad COMPAÑÍA EXPORTADORA TRES RIOS S.A. , RUT N°76.299.900-5, ambos domiciliados en Reñaca
Norte N°25, oficina 1505, Viña del Mar , Región de Valparaíso, interponiendo Reclamo General Tributario en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Señala que con fecha 30.09.2021 la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió y notificó vía correo electrónico, la Res. EX RVA 05.00 N°1229 que establece registros de rentas empresariales e imputación de distribución de dividendos en el siguiente sentido: i) Se establece registro de rentas empresariales y saldo acumulado de crédito, del régimen de imputación parcial de crédito a que se refiere la letra b) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, de la contribuyente al Año Tributario (AT) 2018 y ii) Se establece situación tributaria de las rentas distribuidas a sus accionistas, desde el régimen de imputación parcial de crédito a que se refiere la letra b) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta del AT 2018.
2. Indica que Compañía Exportadora Tres Ríos S.A acogiéndose a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la R enta, (vigente para los AT 2010 al 2017) determinó y declaró una base imponible afecta de $ 1.156.813.106, por la cual pagó el Impuesto sustitutivo y único por las referidas rentas que hasta diciembre de 2016, mantenía en el Fondo de Utilidades Tributables (FUT), con una tasa promedio ponderada del 23%, por un monto de $38.993.686, según F ormulario 50 folio 5012658102, con un crédito de I mpuesto de Primera Categoría acumulado de $227.073.328, cuestión expresamente reconocida en la actuación reclamada.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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