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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES SORIA LIMITADA con SII
Fecha: 30-03-2016 · Materia: Resolución · Juez: Francisco Javier Orellana Rivera
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Inversiones Soria Limitada contra denegación de devolución de PPUA por pérdida tributaria en venta de inversiones Inverlink, por insuficiente acreditación contable del traspaso de activos en proceso de división.
Inversiones Soria Limitada declaró pérdida tributaria de $1.373.864.160 en AT 2013 y solicitó devolución de PPUA por $199.982.160. La pérdida provenía de venta de inversiones en grupo Inverlink (en quiebra) realizada el 21.12.2012 por $5.000.000. Dichas inversiones fueron traspasadas a la reclamante mediante proceso de división de Inversiones Soria S.A. en tres sociedades. El SII rechazó la devolución mediante Resolución 3442/05.05.2014 y Liquidación 238/27.11.2014, argumentando que no se acreditó fehacientemente que los activos formaran parte del patrimonio de la reclamante ni existía registr
El tribunal establece que en una división de sociedades, la asignación de patrimonio requiere acreditación mediante contabilidad completa y fidedigna, específicamente balance pre y post división, inventarios de bienes y cuentas divididas. El término patrimonio neto debe entenderse en sentido contable-financiero. Aunque la reclamante alegó que el castigo financiero fue agregado a la RLI del AT 2011 e incorporado al FUT de la sociedad fuente, no acompañó registros del Capital Propio Tributario ni FUT del año 2010, siendo estos documentos ineludibles. El FUT solo registra crédito por impuesto de
Se rechaza los reclamos de fojas 1 y 134. Se mantienen firmes las actuaciones impugnadas (Resolución 3442 y Liquidación 238). Se condena en costas a la reclamante vencida.
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INVERSIONES SORIA LIMITADA
RUT N° 76.204.552-4
Valparaíso, treinta de marzo de dos mil dieciséis.
VISTO:
Que a fojas 1 y 134 , en autos acumulados, compareció don Juan
Sebastián Portales Velasco , abogado, RUT N° 10.981.240-4, en representación de INVERSIONES SORIA LIMITADA, RUT N° 76.204.552-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle Amunátegui N° 1667, Recreo, ciudad de Viña del Mar , V Región, quien interpuso Reclamo General Tributario en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Señala dirige su acción en contra de la Resolución N°3442 / 05.05.2014 y Liquidación N° 238/27.11.2014.
2. Indica que presentó declaración de Renta por el Año Tributario 201 3, según formulario 22 Folio N° 241222533, de fecha 09.05.2013, consignando una pérdida por $1.373.864.160 y solicitando una devolución de PPUA (Pago Provisional por Utilidades Absorbidas) por un monto de $199.982.160.
3. Argumenta que la sociedad Inversiones Soria S.A., se transformó en sociedad de responsabilidad limitada con el nombre de Rentas Soria Limitada y se dividió en tres sociedades, todas aprobadas por el Servicio de Impuestos Internos: Rentas e Inversiones Edificio Gómez Carreño Limitada; Rentas e Inversiones Edificio Soria Limitada e Inversiones Soria Limitada.
4. Expone que Inversiones Soria S.A., dentro de sus activos tenía inversiones en el grupo Inverlink, las cuales en el proceso de división antes señalado fueron asignadas de acuerdo a la participación de cada sociedad, correspondiendo a la reclamante un 51,417 %; agregando que es de conocimiento público la abrupta quiebra del grupo Inverlink.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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