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Tribunal · solo Pro
MAGASICH AIROLA con SII
Fecha: 31-01-2018 · Materia: Resolución · Juez: Francisco Javier Orellana Rivera
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo contra resoluciones que modificaban avalúo de inmueble ROL 7004-37, por aplicarse artículo 10 letra d) Ley 17.235 bajo hipótesis no previstas legalmente.
Magasich Airola reclama contra Resoluciones EX.SII A05.2016.00024646 y A05.2016.00024647 del 15.06.2016, que fijaron avalúo de propiedad ROL 7004-37 en $245.470.804 (desde 01.07.2013) y $373.907.879 (desde 01.01.2014). Estas resoluciones se basaron en cambio de categorización del inmueble de Zona Expansión Urbana a Zona Urbana, invocando artículo 10 letra d) Ley 17.235. El reclamante cuestiona que el cambio de zona no constituye un cambio de serie ni alteró el avalúo por sí mismo.
El Tribunal establece que la causal del artículo 10 letra d) Ley 17.235 se refiere exclusivamente a cambios de destinación que importen cambio de serie o cambio de destino/uso dentro de la misma serie que implique alteración en avalúo o contribuciones. El cambio de Zona Expansión Urbana a Zona Urbana no constituye cambio de serie ni, por sí mismo, alteró el avalúo ni contribuciones. El aumento emanó de resoluciones previas de 2014 aún no firmes cuando se dictaron las resoluciones reclamadas. Las actuaciones fueron dictadas bajo hipótesis no previstas en las normas legales invocadas.
Se acoge el reclamo y se dejan sin efecto las Resoluciones EX.SII A05.2016.00024646 y A05.2016.00024647 del 15.06.2016. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
1
MAGASICH AIROLA JUAN
RUT N° 8.911.654-6
Valparaíso, treintaiuno de enero de dos mil dieciocho
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció personalmente don JUAN
MAGASICH AIROLA , abogado, RUT Nº 8.911.654-6, domiciliado para estos efectos en calle Prat 725, oficina 214, ciudad de Valparaíso, V Región, quien interpuso Reclamo General Tributario en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que dirige su acción en contra de las Resoluciones
Ordinarias Números A05 .2016.00024646 y A05.2016.00024647, ambas de fecha 15.06.2016, que fijaron el avalúo de la propiedad ROL N°7004-37, respectivamente , en $245.470.804 a partir del 01.07.2013 y en $373.907.879 a partir del 01.01.2014.
2. Explica que mediante las Resoluciones Exentas Nos
A05.2014.00051018 y A05.2014.00051019, el avalúo del mismo inmueble fue alzado , respectivamente, desde $152.476.307 a $230.408.273 a partir del 01.01.2013 hasta el 31.12.2013, y de $253.548.576 a $350.964.395 a partir del 01.01.2014, actuaciones que fueron reclamadas ante este mismo Tribunal en causa Rol · solo Pro.
3. Alega que dichas resoluciones fueron emitidas en contravención a la ley, por cuanto no tienen ninguna explicación o fundamento, reclamando que las cifras y montos que consignan las actuaciones reclamadas no tienen concordancia ni lógica, ya que para cada período semestral se indican al menos tres avalúos con valores distintos, encontrándose el contribuyente en la más absoluta indefensión porque no se sabe cuál es el avalúo correcto ni cuáles son los parámetros empleados por el Servicio para este aumento.
4. Agrega que la “visita” que consignan las resoluciones fue nominal, porque ningún fiscalizador del Servicio ha concurrido su casa, ni menos la ha inspeccionado, a menos que la fiscalización haya sido sólo desde el exterior.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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