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Tribunal · solo Pro
AGROSERVICIOS FIGUEROA SPA con SII
Fecha: 25-05-2024 · Materia: Resolución · Juez: Katherine Ivania Henriquez Henriquez
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra denegación de devolución de crédito fiscal por aportes en especies en constitución de sociedad, por incumplimiento de requisitos del art. 8 letra m) LIVS y falta de prueba sobre plazo de 36 meses.
Agroservicios Figueroa SpA solicitó devolución de remanente de crédito fiscal ($184.476.943) por aportes en especies realizados el 29 de diciembre de 2022. Inversiones Figueroa SpA y Agrícola Don Eliseo SpA aportaron bienes del activo fijo. El SII rechazó la solicitud argumentando que las aportantes no ostentaban calidad de vendedor y los bienes no constituían parte de su giro. El contribuyente reclamó alegando que el art. 8 letra m) LIVS no exige habitualidad ni calidad de vendedor para aportes de activo fijo.
El tribunal reconoce que los bienes aportados constituyen activo fijo, requisito no controvertido del art. 8 letra m) LIVS. Sin embargo, determina que falta acreditación del plazo de 36 meses desde adquisición de bienes: se aportaron 43 bienes pero solo se presentaron 11 facturas, de las cuales 8 están fuera del plazo legal. Las 3 restantes carecen de contabilidad completa y fidedigna por ausencia de foliación autorizada. Respecto al régimen tributario, el tribunal estima correcta la asignación automática al régimen Pro-Pyme (art. 14 D LIR) ante omisión del contribuyente de optar régimen al in
Se rechaza totalmente el reclamo, confirma Resolución Ex. N°576 del SII de 7 julio 2023, desestima alegación de nulidad por falta de fundamentación, y condena en costas al actor.
1
Puerto Montt, veinticinco de mayo de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Luis Alain Zúñiga Palma, RUT N°18.012.710-0, abogado, domiciliado para estos efectos en Bernardo O’Higgins 1075, comuna y ciudad de Osorno, Región de Los Lagos en representación de Agroservicios Figueroa SpA, RUT N°77.696.246- 5, del giro de su denominación, domiciliada para estos efectos en Fundo San Luis Lote 1, comuna y ciudad de Purranque, Región de Los Lagos, quien interpone reclamo tributario en procedimiento general de reclamaciones en contra de la Resolución Ex. N°576, de fecha 7 de julio de 2023, emitida por la Dirección Regional de Los Lagos del Servicio de Impuestos Internos, que denegó la devolución de remanente de crédito fiscal solicitada al amparo del artículo 27 bis del DL N°825 de 1974, de acuerdo a los argumentos que expone.
La cuantía de la causa asciende a: Cuantía Neta UTM 2907,35;
Multa UTM 0; Reajuste UTM 0; Intereses UTM 0; Cuantía Bruta UTM 2907,35;
En relación a los antecedentes del reclamo el actor sostiene que con fecha 31 de mayo de 2023 Agroservicios Figueroa SpA, mediante Formulario 3280 folio N°6005863 solicitó la devolución de remanente de crédito fiscal por un monto de $184.476.943, correspondientes a los periodos tributarios que van desde diciembre de 2022 hasta abril de 2023, inclusive. Con fecha 7 de julio de 2023 el Servicio de Impuestos Internos deniega la solicitud de devolución del IVA crédito fiscal mediante la Resolución Ex. N°576, reclamada en esta instancia judicial por el actor. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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