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Tribunal · solo Pro
PUALI LÓPEZ con SII
Fecha: 04-06-2024 · Materia: Giro
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Se acoge parcialmente reclamo contra giro de impuesto al lujo sobre aeronave Mooney M20J. Se deja sin efecto por uso indebido de información de mercado extranjero para fijar precio corriente en plaza.
Karam Puali López, propietario de aeronave Mooney M20J adquirida en US$40.000, fue gravado con impuesto al lujo de $2.262.403 por giro folio 8738781 emitido el 12 de abril de 2023, tasándose la aeronave en $111.120.000. El reclamante alegó que el avión carece de horas de vuelo disponibles y que el SII utilizó información de mercado internacional en lugar de nacional para la valoración.
El Tribunal estimó que si bien el SII debe atender a condiciones generales de los bienes tasados y no situaciones particulares, carece de facultades legales para recurrir exclusivamente a información de mercado extranjero conforme artículo 9 Ley 21.420. La prueba evidenció que valuaciones técnicas nacionales y compraventa antecedente (US$40.000) y pericial (US$50.000) alcanzaban solo 50% del monto tasado, confirmando que datos extranjeros no se ajustaban a realidad del mercado nacional. El SII aplicó directamente información Aircraft Bluebook sin factores de ajuste ni comparación con mercado n
Se rechaza reclamo respecto modificación de tasación por deficiencias técnicas. Se acoge reclamo dejando sin efecto giro folio 8738781 por uso indebido de información extranjera. No se condena en costas por motivo plausible para litigar.
Temuco, cuatro de junio de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don KARAM MANOLO PUALI LÓPEZ, chileno, empresario, cédula de identidad N° 15.243.920-2, domiciliado en calle Camilo Henríquez N° 565, oficina 12, comuna de Villarrica, quien interpone reclamo en contra de l giro folio 8738781 emitido por el Servicio de Impuestos Internos y notificado con fecha 17 de abril de 2023, mediante el cual se aplica al contribuyente el impuesto anual establecido en el artículo 9 de la Ley 21.420 correspondiente al 2% del valor corriente en plaza de la aeronave de su propiedad, la cual fue tasada por el ente fiscalizador en la suma de $111.120.000 determinándose un impuesto a pagar de $2.262 .403, en base a los fundamentos y argumentos que a continuación se resumen: 1.- Manifiesta que es dueño de la aeronave marca Mooney modelo M20J, año 1981, matrícula CCKXH, agregando que en Chile existen solo dos ejemplares de dicho avión, el de su propiedad que adquirió mediante compraventa el 27 de marzo de 2019 por un valor de US$40.000 y el de propiedad de un tercero que fue vendido por un valor de $18.000.000 por el 50% de su propiedad. Señala que las horas de motor disponibles del avión inciden directamente en el precio, ya que tiene una vida útil determinada por el fabricante y en el caso de su aeronave ya no posee horas disponibles según certificado emitido por el centro de mantenimiento aeronáutico. 2.- Alega que el Servicio para determinar el valor corriente en plaza de su aeronave tuvo en consideración el mercado internacional y según lo dispuesto en la Circular N° 57 de dicha institución deberá entenderse por precio corriente en plaza el valor comercial al que un tercero independiente habría adquirido a diciembre del año anterior al devengo del impuesto, debiendo en consecuencia considerar aeronaves similares transadas dentro de Chile y no en el extranjero.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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