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Tribunal · solo Pro
SII con P Y R DIREC EMPRESA SpA
Fecha: 18-06-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma infracción tributaria a empresa por obtener crédito fiscal mediante 39 facturas falsas, imponiendo multa del 100% del monto defraudado ($19.447.259).
P Y R DIREC EMPRESA SpA, dedicada a fabricación de productos metálicos, registró entre 2018 y 2019 un total de 39 facturas electrónicas falsas de proveedores, por monto de $91.669.491 con IVA crédito fiscal de $14.636.305. El representante legal reconoció ante SII haber sido contactado por su contadora María Cecilia Abarca Sánchez, quien ofreció reducir impuestos cobrando el 50% del IVA. Las facturas provenían de cinco empresas emisoras sin activos reales para respaldar operaciones declaradas (vehículos de transporte, bodegas), las cuales no fueron efectivamente pagadas.
El tribunal aplicó sana crítica constatando que la empresa incorporó deliberadamente facturas ideológicamente falsas en registros contables durante 13 meses consecutivos. La conducta fue reiterada en dos años comerciales, evidenciando dolo y voluntariedad plena. El análisis de artículo 97 N°4 inciso segundo CT mostró cumplimiento cabal de requisitos: maniobra tendiente a aumentar créditos, registro en F29 de montos respaldados en facturas falsas, y beneficio directo recibido. Conforme artículo 107 CT se contabilizaron 3 atenuantes (no reincidencia y cooperación) y 3 agravantes (conocimiento de
Se confirma Acta Denuncia N°5 por infracción a artículo 97 N°4 inciso segundo CT. Se aplica multa equivalente al 100% del monto defraudado actualizado a junio 2024, ascendente a $19.447.259, a ser girada por SII según procedimiento legal.
1
S.S.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
RIT: Rol · solo Pro.
RUC: Rol · solo Pro.
Providencia, a dieciocho de junio de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
A fs. 45 a 50 de autos, Acta de Denuncia N° 05 , de 10.01.2023, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, D.R.M. SANTIAGO SUR, en relación con el contribuyente P Y R DIREC EMPRESA SpA, RUT N° 76.823.749-2, representado legalmente por don Pedro Lienqueo Martínez, RUT N° 16.193.120-9, con giro en fabricación de productos metálicos para uso estructural, ambos domiciliados en Camino Los Pinos N° 03395, Galpón 2, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, por infracción al artículo 97 N°4, inciso segundo, del Código Tributario.
Rolan en autos, A fs. 1 a 117, Comprobante de distribución de la causa. Certificado de envío y recepción, N° 32281, de fecha 25.01.2023; Informe de recopilación de antecedentes N° 19 -ARA-03, de fecha 23.11.2021.
A fs. 118 a 127, Notificación N° 08, de fecha 10.01.2023, Acta de denuncia N° 5, de la misma fecha. Reservado DJU. 16.000.- N° 7, de la misma fecha.
A fs. 128 a 133, Correo electrónico, escrito del denunciado por el cual formula descargos. Resolución del Tribunal a sus autos acta denuncia y, previo a proveer. Testimonio de notificación. Certificado emitido por la Secretaria (S).
A fs. 134 a 138, Escrito de la parte denunciada mediante el cual designa abogado, delega poder y ratifica lo obrado. Resolución del Tribunal que tiene por no presentados los descargos, testimonio de notificación. Resolución del Tribunal que tiene por no cumplido lo ordenado, además señala que los descargos fueron presentados por forma extemporánea y testimonio de notificación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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