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Tribunal · solo Pro
DURÁN CASTRO con SII
Fecha: 03-07-2024 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza excepción de prescripción en liquidaciones tributarias 2013-2015 del SII contra Durán Castro por declaración maliciosamente falsa, aplicando plazo extraordinario de 6 años.
Eduardo Durán Castro, representante legal de la Primera Iglesia Metodista Pentecostal, prestó declaración jurada ante el SII el 14 de febrero de 2019 en calidad de representante legal. Mediante citación de 29 de abril de 2019, se le requirió rectificar su declaración de impuesto a la renta para años 2013-2018. El SII emitió liquidaciones Nº 1 a 3 el 30 de junio de 2021 por subdeclaración de ingresos por $390.844.256. El contribuyente planteó excepción de prescripción alegando defectos en la citación y que debía aplicarse plazo ordinario de 3 años.
El tribunal analiza que el artículo 59 del Código Tributario faculta al SII a examinar y revisar declaraciones dentro de plazos de prescripción. Existen dos plazos: ordinario de 3 años desde expiración del plazo de pago, y extraordinario de 6 años para impuestos sujetos a declaración cuando no se hubiera declarado estando obligado o la declaración fuere maliciosamente falsa. El tribunal determina que la declaración fue maliciosamente falsa conforme al concepto establecido por jurisprudencia: faltar deliberadamente a la verdad en hechos sustanciales con influencia en la determinación del impues
Se rechaza la excepción de prescripción planteada por Eduardo Durán Castro. Se confirman las liquidaciones Nº 1, 2 y 3 del SII de fecha 30 de junio de 2021 por aplicación del plazo extraordinario de prescripción de 6 años establecido en el artículo 200 del Código Tributario.
“DURÁN CASTRO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
STGO CENTRO”
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 2910,3
Multa UTM 14,57
Reajuste UTM 602,29
Intereses UTM 3898,97
Cuantía Bruta UTM 7426,13
Santiago, a tres de julio de dos mil veinticuatro.
VISTOS.
I.- FASE DE DISCUSIÓN.
A.- RECLAMO.
A fojas 1-14, con fecha 27 de septiembre de 2021, comparece don Luis Ernesto Toro Toro, Abogado, en representación de Eduardo Duran Castro, chileno, casado, cédula de identidad Nº 4.332.073-4, ambos domiciliados, en Bombero Salas Nº 1445, oficina 301, comuna de Estación Central, Santiago, alegó en favor de su mandante, Excepción de Prescripción en contra de la Liquidación Nº 1, 2 y 3 (1 al 3), de fecha 30 de Junio de 2021, del Servicio de Impuestos Internos, que fuera emitida y notificada por la Dirección Nacional, Subdirección de Fiscalización, del Servicio de Impuestos Internos a su mandante; actuando en ella la Fiscalizadora Carolina Saravia Morales, Subdirectora de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos.
Fundamentos de la alegación de Prescripción:
I.- ANTECEDENTES GENERALES. –
Sostuvo la reclamante que, con fecha 14 de febrero de 2019, el área de fiscalizaciones especiales, Subdirección de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, toma declaración jurada a don Eduardo Durán Castro, en calle Teatinos Nº 120, piso tres, comuna de Santiago, en calidad de representante legal de la Primera Iglesia Metodista Pentecostal, Rut Nº 65.047.709-K, domiciliada en Obispo Manuel Umaña Nº 139, comuna de Estación Central.
Señaló que, en dicha ocasión, se prestó declaración voluntaria bajo juramento, de acuerdo al artículo 34 y 60 inciso penúltimo del Código Tributario, ante los funcionarios de dicho Servicio, individualizados al final de la declaración, dando respuesta a las consultas efectuadas por dichos fiscalizadores.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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