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Tribunal · solo Pro
Caribbeannails Spa con SII
Fecha: 12-07-2024 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo de Caribbeannails SpA contra multa por falta de boleta, dejándose sin efecto la infracción al constatarse que fue aplicada erróneamente a empresa equivocada por error del SII.
El 31 de mayo de 2024, inspector del SII cursó multa (Infracción F3294 Folio 1310480) a Caribbeannails SpA por no emitir boleta por servicio de salón de belleza por $104.000. Sin embargo, la infracción correspondía a Equilibrium Studio SpA, empresa diferente ubicada en otro domicilio. La confusión se originó en error operacional al emitir la boleta en la plataforma E-Boleta por empresa equivocada. La reclamante aportó capturas de pantalla demostrando que Caribbeannails SpA sí emitió boleta correctamente.
El SII se allanó íntegramente a la pretensión de la reclamante, reconociendo el error al aplicar la multa a contribuyente equivocado. Conforme al artículo 132 del Código Tributario modificado por Ley 21.210, cuando el Servicio acepta llanamente la pretensión del reclamante, el Tribunal debe acceder sin más trámite. El allanamiento total del SII permite dejar sin efecto el acto administrativo sin necesidad de mayor análisis. La normativa permite al SII aceptar la pretensión contraria total o parcialmente cuando las alegaciones desvirtúan el acto impugnado.
Se acoge el reclamo interpuesto por Caribbeannails SpA. Se deja sin efecto la Infracción F3294 Folio 1310480 de 31 de mayo de 2024. No se condena en costas al SII por haberse allanado totalmente.
1
EN SANTIAGO, A DOCE DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO.
La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 10 de junio de 2024 , rolante a fojas 1 de autos, comparece doña ALEJANDRA EIMI SOLÍS SÁNCHEZ, RUT N°26.062.415-6, en calidad de representante legal de CARIBBEANNAILS SpA, RUT N°77.256.178-4, domiciliada en calle Matías Cousiño N°154 -B, comuna de Santiago, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento especial de aplicación de ciertas multas establecido en el Código Tributario, en contra de la Infracción F3294 Folio 1310480 de fecha 31 de mayo de 2024, aplicada por funcionarios de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), por medio de la cual se determinó que la contribuyente no entregó boleta por la prestación de un servicio del giro de salón de belleza.
En su presentación, la reclamante sostiene en síntesis que, el día 31 de mayo de 2024 un inspector del SII cursó la multa reclamada a un establecimiento ubicado en Av. Libertador Bernardo O’Higgins 949, local N°49, comuna de Santiago, que no corresponde al contribuyente y reclamante de autos sino a Equilibrium Studio Sp A, RUT N°77.781.888-0, de quien también es representante legal.
Explica que la confusión se debió a que la encargada del local, al momento de emitir la boleta en la plataforma, lo hizo por la empresa equivocada, motivo por el cual solicita que se deje sin efecto la multa emitida a Caribbeannails SpA, RUT N°77.256.178-4.
A fojas 28 y siguientes comparece don CHRISTIAN RAGGIO MARÍN , RUT N°10.855.233-6, en representación del Servicio de Impuestos Internos, domiciliado para estos efectos en calle Alonso de Ovalle N°680, cuarto piso, comuna de Santiago, quien debidamente facultado para ello, evacuó el traslado 2 conferido mediante resolución rolante a fojas 12, allanándose a dejar sin efecto el acto reclamado.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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