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Tribunal · solo Pro
CENTRO DE ESTETICA GALILEA LIMITADA con SII
Fecha: 17-12-2019 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Óscar Meriño Maturana
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo y confirma infracción por venta de fajas y sostenes post operatorios sin boleta afecta a IVA ($685.000). Aplica multa de 300% ($2.055.000) y un día de clausura.
Centro de Estética Galilea Limitada, empresa de asesorías médicas, vendió entre septiembre 2017 y enero 2018 fajas y sostenes post operatorios por $685.000 mediante boletas exentas de IVA. El SII notificó infracción N°1321492 por no emitir documentos legales afectos. Reclamante argumentó que se trataba de venta esporádica no gravada con IVA y que pagó impuestos correspondientes. SII sostuvo que la venta constituía hecho gravado básico que debía documentarse con boleta afecta.
El tribunal analizó que: (1) el artículo 52 del DL 825 obliga a emitir boletas/facturas en operaciones afectas o exentas; (2) el artículo 2° N°1 de la Ley de IVA define venta como transferencia onerosa de bienes muebles; (3) la entrega de artículos médicos vendidos independientemente constituye venta gravada, no servicio exento; (4) si hubieran sido suministrados como parte integral del servicio médico, otro sería el análisis; (5) como fueron vendidos por separado, corresponde boleta afecta a IVA; (6) se configura infracción del artículo 97 N°10 CT; (7) empresa sin reincidencia previa (atenuan
Rechaza reclamo. Confirma Notificación de Infracción N°1321492. Aplica multa de 300% del monto de operación ($2.055.000) y clausura por un día. No condena en costas por motivos plausibles para litigar.
D
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
CENTRO DE ESTETICA GALILEA LIMITADA LIMITADA 76.094.833-0
CUANTIA: 14,35 UTM
EN SANTIAGO, A DIECISIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.
VISTOS:
El escrito de fecha 27 de agosto de 2018, rolante a fojas 1 a 5 de autos, presentado por don CARLOS ALBERTO VALERIANO GALILEA FERNÁNDEZ, RUT N*6.140.499-3, en representación de CENTRO DE ESTÉTICA GALILEA
LIMITADA, RUT N*76.094.833-0, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Kennedy N*5118, oficina 83, comuna de Vitacura, Santiago, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento Especial para la aplicación de ciertas multas establecido en el Código Tributario, en contra de la Notificación de Infracción N“1321492 de fecha 7 de agosto de 2018, por la infracción contemplada en el artículo 97 N*10 del Código Tributario, emitida por el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SID), en atención a que el contribuyente no habría emitido documento legal por servicios prestados por un monto de $685,000.- (seiscientos ochenta y cinco mil pesos).
El reclamante sostiene, en resumen, que con fecha 7 de agosto de 2018 la Unidad de Fiscalización del SIT lo notificó de la Infracción N*1321492 por no emitir documento legal por servicios prestados, la que, además, es ilegible.
Indica que lo ocurrido fue un error interno de la clínica al haber efectuado ventas esporádicas de fajas y sostenes ortopédicos, cuestión que no es del giro de la sociedad, toda vez que las trabajadoras de la denunciada entregaron estos productos a los pacientes cobrando un precio, y no en ciertas situaciones como parte del servicio, siendo un gasto de la sociedad y no un costo.
Afirma que se emitió boleta y factura exenta de IVA, por cuanto la sociedad no es contribuyente de este impuesto, y que, en todo caso, el valor del ingreso en la venta se consideró ingreso bruto, pagándose los impuestos
NS respectivos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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