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Tribunal · solo Pro
SII con COMERCIAL OLAS DEL SUR
Fecha: 23-07-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar
Tribunal confirma infracción por uso de facturas falsas de proveedor irregular para aumentar créditos fiscales indebidamente en período 2014.
Comercial Olas del Sur, restaurante, fue fiscalizado por declaraciones de IVA fuera de plazo. Se detectó que utilizó facturas de Alejandro Segundo Medina Villalobos (RUT 5.478.519-4), proveedor con antecedentes de infracciones tributarias. Entre marzo y agosto 2014 registró facturas por montos totales que alcanzaban millones de pesos. El contribuyente no presentó antecedentes solicitados en notificación de fiscalización.
El Servicio determinó que las facturas del proveedor carecen de veracidad por múltiples indicios: el proveedor posee infracciones previas (artículo 97 N°16), inconcurrencias a fiscalización, sin atenciones recientes, timbre atípicamente nítido respecto a otras facturas, folios no autorizados por el SII (último timbraje 11/01/2005 hasta folio 338), y dirección que no coincide con registros. El contribuyente incurrió en declaración incompleta del Formulario 22 (AT 2015) al no declarar costos/gastos en facturas falsas ni ingresos asociados, pese a haber emitido facturas registradas en Libro de Co
Se acoge la denuncia del SII por infracción a artículo 97 N°4 inciso 1° y 2° del Código Tributario por declaración incompleta y aumento indebido de créditos fiscales mediante facturas falsas.
1
“SII, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE con COMERCIAL
OLAS DEL SUR”
RIT N°: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
Santiago, veintitrés de julio de dos mil veinticuatro.
CUANTÍA:
Cuantía Neta UTM 810,26
Multa UTM 0
Reajuste UTM 0
Intereses UTM 0
Cuantía Bruta UTM 810,26
VISTOS:
Que, a f olio. 4 y siguientes consta el Acta de Denuncia N° 03 de fecha 05 de marzo de 2018, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio Impuestos Internos (en adelante, “Denunciante”, “El Servicio” o “SII”), en contra de don FRANCISCO CUADRADO SEPÚLVEDA , RUT N° 9.743.544-0, en su calidad de representante legal al momento de la ocurrencia de los hechos de la sociedad COMERCIAL OLAS DEL SUR , RUT N°77.351.650-2, con giro en restaurantes, Servicios de Comida Preparada en forma industrial, domiciliado en Santa Beatriz N°100, Oficina 1301, Comuna de Providencia, Ciudad de Santiago, por haber incurrido en infracciones al artículo 97 N°4 inciso primero del Código Tributario consistente en la Declaración Incompleta del F ormulario 22 correspondiente al AT 2015 no declarando como costo o gasto sustentado en facturas falsas ni declaró los ingresos asociados a las actividades del Giro, a pesar de haber otorgado facturas de ventas que fueron registradas en su Libro de Compra y Ventas y declaradas en los F 29 del año comercial 2014 ; así también, incurrió en infracción del artículo 97 N°4 inciso 2 del Código Tributario, al aumentar indebidamente los créditos fiscales mediante la utilización de facturas falsas de un supuesto proveedor por los siguientes antecedentes que procede a exponer.
FASE DE DISCUSIÓN
I. ACTA DE DENUNCIA 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
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