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Tribunal · solo Pro
SII con Contreras Valenzuela
Fecha: 31-07-2020 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a contribuyente por usar fraudulentamente facturas electrónicas falsas para aumentar crédito fiscal de IVA en períodos junio-agosto 2017, causando perjuicio fiscal de $1.900.151.
Cinthia Victoria Contreras Valenzuela, contribuyente afecta al IVA desde 2010 con actividades de apoyo a agricultura, recepcionó y contabilizó 4 facturas electrónicas ideológicamente falsas emitidas por Débora Pacheco Donoso en junio, julio y agosto de 2017 por montos netos totales de $10.000.796 e IVA de $1.900.151. Las operaciones no existieron realmente. Contreras pagó solo el monto equivalente al IVA recargado por cada factura, declarando créditos fiscales inexistentes en formularios 29 mensuales para disminuir su carga tributaria.
El tribunal verificó que la conducta fue dolosa conforme a declaración jurada de la denunciada quien reconoció las facturas como falsas y que nunca pagó los montos consignados. Se acreditó que realizó maliciosamente maniobras fraudulentas reiteradas tendientes a aumentar el verdadero monto de créditos IVA indebidos. Conforme artículo 97 N°4 inciso 2° del CT, contribuyentes afectos al IVA que realicen maliciosamente maniobras para aumentar créditos o imputaciones serán sancionados con pena y multa del 100% al 300% de lo defraudado. El tribunal aplicó las circunstancias agravantes del artículo 1
Se acogió acta de denuncia por infracción tributaria tipificada en artículo 97 N°4 inciso 2° del CT. Se impuso multa a Cinthia Victoria Contreras Valenzuela de $1.900.151, equivalente al 100% del perjuicio fiscal causado.
1
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
VALENZUELA
RIT: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
Cuantía: 114,64
En Santiago, a treinta y uno de julio de dos mil veinte.
VISTOS:
Que a fojas 1 y siguientes, consta el Acta de Denuncia de fecha 5 de febrero de 2020, realizada por Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 162 del Código Tributario, quien notificó a Maipú, de la XIV Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos, conforme lo dispuesto por el artículo 162 inciso tercero del Código Tributario y lo decidido con fecha 19 de noviembre de 2019, por el Directo r Nacional del Servicio de Impuestos Internos, procedió a notificar Acta de Denuncia a CINTHIA VICTORIA CONTRERAS VALENZUELA, RUT: 15.361.805-4 con domicilio en La Alborada 130 Isla De Maipo, Santiago, por haber incurrido en a infracción del artículo 97 N° 4 inciso segundo del Código Tributario.
II. CONDUCTA CONSTITUTIVA DE LA INFRACCIÓN:
Señala que, la contribuyente inició actividades el 25.05.2010 con giro "actividades de apoyo a Ia agricultura", actividad que se encuentra afectas al Impuesto al Valor Agregado, conforme a los artículos 2, 3, 4 y 5 del DL. 825 de 1974 (Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios).
Añade que la contribuyente, en el período tributario de junio, julio y agosto de 2017, registro en su contabilidad y declaró en su respectivo Formulario 29, de declaración y pago simultaneo mensual, un Impuesto al Valor Agregado, por concepto de crédito fiscal, amparado en facturas electrónicas ideológicamente falsas, emitida por a contribuyente Débora Margarita Pacheco Donoso RUT N° 17.612.732 -5, toda vez que da cuenta de operaciones comerciales que no se realizaron, rebajando de esta forma el Impuesto al Valor Agregado que tenla derecho a hacer valer.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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