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Tribunal · solo Pro
TORRES BASAUR Y CIA LIMITADA con SII
Fecha: 24-07-2024 · Materia: Resolución · Juez: anselmo_ivan_cifuentes_ormeno
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
El tribunal acogió la nulidad tributaria de la Resolución que reavalúo el predio de $216.071.538 a $1.073.709.767, por falta de fundamentación en la decisión y omisión de considerar la ocupación irregular que afecta el inmueble.
Torres Basaur y Cía. Limitada es propietaria de un inmueble (Rol 13057-00003) en Talcahuano ocupado irregularmente por campamentos hace décadas. El SII modificó su avalúo: primero de $1.865.070.595 a $201.747.468 (abril 2022), que la reclamante aceptó; luego a $1.073.709.767 (octubre 2022) mediante Res. Ex. N°A08.2022.00034981. La reclamante impugnó esta última por carecer de fundamento y no considerar la toma. El SII rechazó administrativamente el reclamo señalando que la toma no es causal legal de rebaja de avalúo.
El tribunal estimó que la Resolución reclamada carece de fundamentación suficiente respecto al aumento de tasación fiscal. Aunque el SII citó normas legales, no explicó los motivos lógicos, técnicos y jurídicos que justificaran el alza. El tribunal reconoció que el propio SII en su Resolución Ex. N°143/2021 contempla un Coeficiente Excepcional para minusvalías por situaciones especiales no imputables al propietario, y que la ocupación irregular constituye un factor que debió considerarse en las Áreas Homogéneas del predio. La omisión de esta consideración en el Informe Técnico N°30/2022 y la a
Se acogió la nulidad tributaria de la Resolución Ex. SII N°A08.2022.00034981 de 27 de octubre de 2022. Se dejó sin efecto dicha resolución y las cuotas de contribuciones que de ella provengan. Se ordenó retrotraer la tasación fiscal a la del segundo semestre de 2021 y aplicar el reavalúo conforme la Resolución Ex. SII N°143/2021. Se rechazó condena en costas.
Concepción, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
En lo principal del escrito de fojas 70 y siguientes, comparece don
German Ruiz de la Maza, abogado, Rut N° 12.381.895- 4, domiciliado en calle O’Higgins N° 77, oficina N°808, Concepción, en representación procesal de TORRES BASAUR Y CÍA. LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, Rut N° 80.978.800-8, del mismo domicilio, quien deduce Nulidad en Procedimiento General de Reclamaciones, en contra del Reavalúo de 27 de octubre de 2022, contenido en Res. Ex. N°A08.2022.00034981, que aumentó el avalúo fiscal de la propiedad Rol 13057-00003, de la comuna de Talcahuano. Comienza relatando los antecedentes en que se funda su acción señalando que durante el segundo semestre del año 2021 el avalúo del inmueble correspondía a la suma de $1.865.070.595, lo cual fue modificado durante el primer semestre del año 2022, practicándose un reavalúo del inmueble a la suma de $201.747.468. La parte reclamante está conforme con esta valoración por haberse considerado factores determinantes, tales como que en el predio se han constituido campamentos o “tomas” desde hace décadas; que el acceso por sus dueños al mismo es muy restringido y que la topografía es adversa al asentamiento humano; todo lo cual afectaría negativamente el valor del inmueble, a su juicio.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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