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Tribunal · solo Pro
QUIROS MANTEROLA con SII
Fecha: 31-07-2024 · Materia: Giro · Juez: Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos
ACOGE Ha Lugar
Se acogió reclamo contra giro de impuesto a aeronaves por omisión del reglamento que debía dictar el Ministerio de Hacienda para verificar la afectación de bienes, vulnerando el principio de legalidad tributaria.
Jorge Ernesto Quirós Manterola reclamó contra el Giro Folio N°8743467 de abril 2023, emitido por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, por impuesto a aeronave conforme artículo 9 Ley N°21.420 por $1.885.336. El giro fue confirmado por Resolución Exenta N°188.220 de septiembre 2023. El reclamante alegó que no existía reglamento dictado por el Ministerio de Hacienda requerido por ley para verificar la afectación de bienes, que el precio corriente en plaza fue determinado arbitrariamente usando referencias extranjeras (Aircraft Bluebook) sin fundamento adecuado, y que la emisión del giro excedía
El tribunal estimó que el legislador en el artículo 9 de la Ley N°21.420, inciso final, encargó imperativamente al reglamento a dictarse por decreto supremo del Ministerio de Hacienda la determinación de la forma de verificar la afectación de los bienes gravados. Consideró que la base imponible es elemento esencial del tributo y que la omisión del reglamento constituía vicio grave. Aunque el SII elaboró resoluciones fijando precios, estas no sustituyen la obligación legal de dictar el reglamento. El tribunal concluyó que sin el instrumento normativo mandatado por ley, el SII actuó fuera de sus
Se acogió el reclamo y se dejó sin efecto el Giro Folio N°8743467 de fecha 01.04.2023. No se condenó en costas a la parte reclamada por estimarse que tuvo fundamento plausible para litigar.
JORGE ERNESTO QUIROS MANTEROLA
RUT N°10.391.983-5
Valparaíso, treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Jaime Andrés Barrientos
Ramírez, abogado, RUT N° 10.256.755 -2, en representación de don JORGE ERNESTO
QUIROS MANTEROLA, RUT N° 10.391.983-5, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Borgoño 14439, Local 105, Concón, Región de Valparaíso, quien interpuso Reclamo General Tributario en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que viene en reclamar en contra del Giro Folio N°8743467, de fecha 01.04.2023, emitido por la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio de Impuestos Internos, confirmado por Resolución Exenta N ° 188.220, de fecha 08.09.2023 de la Dirección Regional de Valparaíso, que rechazó el Recurso de Reposición Administrativa.
2. Señala que la actuación reclamada, pretende el cobro del impuesto señalado en el artículo 9 de la Ley N° 21.420 por un valor que asciende a la suma de $1.885.336, por ser el dueño de una aeronave que individualiza a continuación:
3. Expone que el giro, es contrario a derecho, toda vez que a la fecha no se ha dictado el Reglamento que habilita al Servicio de Impuestos Internos a determinar que bienes se encuentran efectivamente afectos al pago del impuesto consagrado en el artículo 9 de la Ley N° 21.420. Lo anterior, en concordancia con lo dispuesto en el inciso final de dicha norma, la cual ordena al Ministerio de Hacienda a dictar dicho cuerpo normativo, circunstancia que a la fecha no se ha verificado.
4. Agrega que para el caso concreto de la aeronave, resulta antijurídica la aplicación del denominado “precio corriente en plaza” , lo que vicia el giro reclamado, toda vez que en el año calendario 2022 no existieron transacciones sobre una aeronave semejante que permitieran al Servicio determinarlo de manera fehaciente, tal como exige la norma.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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