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Tribunal · solo Pro
SII con JIMÉNEZ LÓPEZ
Fecha: 22-08-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Jorge Pohlhammer Doren
ACOGE No Ha Lugar Revocatorio
Tribunal anula denuncia por infracción art. 97 N°4 CT al no acreditarse malicia en uso de facturas que denunciante aseguraba falsas; falta prueba idónea sobre falsedad de operaciones comerciales.
SII denunció a Luis Enrique Jiménez López por utilizar tres facturas electrónicas (N°140, 146 y 148) de marzo-abril 2021, emitidas por Francisco Javier Espinoza Mamani, registrándolas en su contabilidad y declarándolas en formularios N°29 para aumentar créditos fiscales de IVA. Según SII, esto redujo indebidamente su carga tributaria causando perjuicio fiscal de $5.926.679. Denunciado no presentó descargos dentro del plazo de 10 días.
El tribunal establece que para condenar por infracción del art. 97 N°4 inciso 2° CT es obligatorio acreditar el elemento subjetivo de 'malicia' (actuar consciente y voluntario a sabiendas de lo falso), conforme jurisprudencia reiterada de Corte Suprema. La rebeldía del denunciado no releva al SII de su carga probatoria. Analizando la prueba rendida, especialmente el Informe N°380 y testimonios, el tribunal concluye que si bien la conducta del tercero (Espinoza) es reprochable, ello no acredita que las facturas sean falsas ni que las operaciones de compraventa sean inexistentes. La falta de res
Anula el Acta de Denuncia N°04/2024 por falta de acreditación de malicia y falsedad de facturas. Rechaza el procedimiento sancionatorio por insuficiencia probatoria. Ordena cumplimiento administrativo conforme art. 6° CT.
RUC: Rol · solo Pro.
RIT: Rol · solo Pro.
SII con JIMENEZ LÓPEZ LUIS.
Cuantía 92,11 UTM
En Arica, a veintidós de agosto de dos mil veinticuatro.
VISTO:
ACTA DE DENUNCIA N° 04/2024.
El Acta de Denuncia N° 04/2024, de fecha 1 4 de febrero de 202 4, ingresados en el portal de Internet de este Tribunal, el día 16 de febrero de 2024, a las 11:53 horas, según consta en Certificado de Envío y Recepción N°2222 97 de fs. 6, suscrita por doña Patricia Williams Rivera , funcionaria del Departamento de Fiscalización de la Dirección Regional del SII de Arica y Parinacota, en virtud de la cual el Director del Servicio de Impuestos Internos procedió a notificar el Acta de Denuncia N°04/2024, conforme los artículos 161 y 162 inciso tercero del Código Tributario, que resuelve aplicar a LUIS ENRIQUE JIMENEZ LÓPEZ , RUT Nº6.707.597-8, con giro en venta la por menor de frutas y transporte de carga , con domicilio en José Ignacio López N°1372, Arica , una sanción pecuniaria como infractor al artículo 97 Nº4 inciso segundo del Código Tributario. Los fundamentos de la presenta Acta de Denuncia son los siguientes:
En cuanto a los antecedentes del procedimiento de fiscalización , el Acta señala que los hechos constitutivos de las infracciones materia de la denuncia se detectaron en una revisión realizada por el SII al contribuyente Francisco Javier Espinoza Mamani, RUT N°16.225.729 -3 y que dieron origen a la recopilación de antecedentes que concluyó con el Informe Nº3 80 de fecha 26 de octubre de 2023, elaborado por la Fiscalizadora Tributaria Patricia Williams Rivera y que sostiene que el contribuyente denunciado aumentó indebidamente los créditos fiscales a que tenía derecho.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
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